Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
01-06-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130601-105

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALBACETE NÚMERO 1

EDICTO

105
Procedimiento ordinario 763 de 2012

Doña María Isabel Sánchez Gil, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Albacete.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 763 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Darío García Martínez, doña María del Carmen Serrano Romero, doña María Soledad García Martínez, doña Manuela Jiménez García, doña Ana María Pérez Gil y doña María Benita González Escribano, contra la empresa “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Darío García Martínez, doña María del Carmen Serrano Romero, doña María Soledad García Martínez, doña Manuela Jiménez García, doña Ana María Pérez Gil y doña María Benita González Escribano, asistidos por el lerado don Óscar Quintana Sánchez, contra la empresa “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, quienes no comparecen pese a estar citados en legal forma, condeno a la empresa “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, al pago a don Darío García Martínez de la cantidad de 780,54 euros, a doña María del Carmen Serrano Romero de la cantidad de 1.114,89 euros, a doña María Soledad García Martínez de la cantidad de 885,45 euros, a doña Manuela Jiménez García de la cantidad de 1.051,36 euros, a doña Ana María Pérez Gil de la cantidad de 1.091,60 euros y a doña María Benita González Escribano de la cantidad de 695,99 euros, incrementándose las citadas cantidades en un 10 por 100 en concepto de intereses moratorios, declarando la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial dentro de los límites establecidos en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña María D. Zaera Casado, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de Albacete.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Albacete, a 12 de abril de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.993/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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