Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
06-05-2013

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130506-9

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

9
RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2013, de la Dirección General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la orden por la que se dispone el archivo del expediente y el desestimiento en la solicitud de subvención de la entidad Asociación Nacional de Empresarios y Profesionales Autónomos (expediente AUT/25/2010).

Por la Dirección General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica de la Consejería de Economía y Hacienda se ha intentado notificar a la entidad Asociación Nacional de Empresarios y Profesionales Autónomos (expediente AUT/25/2010), orden por la que se dispone el archivo del expediente y el desestimiento del solicitante en su solicitud de subvención dentro del programa “Ayudas a las iniciativas agrupadas de innovación en los empresarios autónomos de la Comunidad de Madrid” (convocatoria año 2010, Orden de 21 de julio de 2010). La notificación al interesado se ha intentado, conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido practicar por causas no imputables a esta Administración.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar el contenido de dicha Orden, cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asimismo, dispone la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio de notificación conocido.

Madrid, a 8 de abril de 2013.—El Director General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica, Pablo Abejas Juárez.

ANEXO QUE SE CITA

«Orden de 18 de enero de 2013, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se resuelve el expediente presentado por la entidad Asociación Nacional de Empresarios y Profesionales Autónomos, en aplicación de la Orden de 21 de julio de 2010, por la que se establece el régimen de ayudas a las iniciativas agrupadas de innovación en los empresarios autónomos de la Comunidad de Madrid, y se convocan ayudas para el año 2010

ANTECEDENTES

Primero

En fecha 30 de septiembre de 2010, la entidad Asociación Nacional de Empresarios y Profesionales Autónomos, con domicilio a efectos de notificación en Madrid, 28013, calle del Carmen, número 16, segundo derecha, posteriormente modificado a Valencia, 46007, calle Albaida, número 4, y CIF número G-96987359, solicitó, al amparo de la Orden de 21 de julio de 2010, una subvención para el proyecto definido en el modelo de solicitud y su fichero electrónico adjunto identificado con el código G96987359537869, procediéndose a instruir el oportuno expediente con el número de referencia AUT/25/2010.

Segundo

El 29 de noviembre de 2010 se notificó Resolución provisional de concesión de subvención en la que se establece la obligación de aceptar la ayuda propuesta y aportar documentación, en el plazo de quince días hábiles, constando en el expediente aceptación por el solicitante y aportación de documentación el 14 de diciembre de 2010.

Tercero

Con fecha 24 de agosto de 2012 consta acuse de recibo de la notificación de requerimiento de documentación adicional a la aportada, en la que se establece como condición la presentación de documentación en el plazo de diez días hábiles, con el apercibimiento de que, de no contestar en dicho plazo o no aportar toda la documentación requerida, se le daría por desistido en su petición de ayuda, procediéndose al archivo del expediente.

Cuarto

No se ha recibido en esta Dirección General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica la documentación solicitada en el plazo preceptivo, por lo que procede el archivo del expediente sin más trámite.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

El artículo 18 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público, extingue el Instituto Madrileño de Desarrollo, integrándose el conjunto de los bienes, derechos y obligaciones resultantes de su extinción en la Comunidad de Madrid.

Segundo

El Decreto 25/2009, de 18 de marzo, que establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, atribuye a esta Consejería, entre otras, el desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas del Gobierno en materia de planificación económica y del fomento del desarrollo económico.

Tercero

Corresponde al Consejero de Economía y Hacienda la competencia para la concesión de la presente subvención, a tenor de lo establecido en el artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

Cuarto

En la tramitación del presente expediente han sido observados los trámites previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo en todo lo que constituya legislación básica; en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y demás disposiciones vigentes en la materia.

En virtud de lo expuesto y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Ordenar el archivo del expediente y la notificación al interesado de la presente Orden, por desestimiento de la solicitante en su petición de ayuda.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la presente, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, a 18 de enero de 2013.—El Consejero de Economía y Hacienda, por delegación de firma (Orden de 4 de julio de 2008), el Director General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica, Íñigo Gil-Casares Armada».

(03/13.481/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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