Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
08-05-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130508-193

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 12

EDICTO

193
Expediente 92 de 2012

Don Lorenzo Navarro Lorente, secretario titular del Juzgado de lo social número 12 de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el expediente número 92 de 2012, a instancias de don Ramón Adán Laguna, contra “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, administrador único de “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, don Antonio Silva y Guerrero, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por cantidad, en el que el día 27 de marzo de 2013, se ha dictado resolución, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando como estimo la demanda de reclamación de cantidad de don Ramón Adán Laguna, contra la empresa “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, al pago a don Ramón Adán Laguna de la cantidad de 3.104,45 euros de salarios y 310,44 euros de interés de mora. Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de la responsabilidad legal que le pueda corresponder.

Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, de conformidad con los artículos 190 y siguiente de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco del grupo “Banesto”, oficina urbana Ciudad de la Justicia, sito en calle Poeta Josep Cervera y Grifol, número 12, entidad 0030, oficina 3305, teléfonos 963 162 950/954, en la cuenta corriente número 4477000064, expediente número 92/2012, de este Juzgado, o presentar aval solidario de entidad financiera por el mismo importe; depositando, además, la cantidad de 300 euros en la misma cuenta del referido banco, y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso. Firme que sea esta resolución, archívese lo actuado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que así conste y sirva de notificación en forma a “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, haciéndole saber a la misma que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a 28 de marzo de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/11.729/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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