Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 37

Fecha del Boletín 
13-02-2013

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130213-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

109
Procedimiento abreviado 164 de 2012

Don José Francisco Peláez Ruiz, secretario judicial del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 12 de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se tramita como procedimiento abreviado número 164 de 2012, a instancias de “Vodafone España, Sociedad Anónima”, contra el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, en cuyas actuaciones se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 13 de diciembre de 2012.

Parte dispositiva:

Decido: Plantear la cuestión de ilegalidad prevista en el artículo 27.1 de la Ley Jurisdiccional sobre la posible ilegalidad de los artículos 2.2, 3.1 y 5.1 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por aprovechamiento especial del dominio público local a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros de interés general del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, aprobada en Pleno Municipal del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial de 14 de noviembre de 2008 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 288, de 3 de diciembre de 2008), modificada parcialmente en sesión extraordinaria de 29 de octubre de 2010, se acordó aprobar la modificación de la ordenanza fiscal de tasa por aprovechamiento especial del dominio público local a favor de empresas explotadoras de servicios de suministro de interés general (publicación exposición al público de la modificación BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de noviembre de 2010), aprobada definitivamente en sesión de pleno celebrada el día 29 de octubre de 2010 (publicada en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de diciembre de 2010), al infringir el artículo 13 de la Directiva de Autorización según STJUE de 12 de julio de 2012, al resolver las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Supremo Español.

Emplácese a las partes para que en plazo de quince días puedan comparecer y formular alegaciones ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid con el apercibimiento de que no se admitirá su personación ante la superioridad una vez transcurrido dicho plazo.

Elévense urgentemente a la Sala de referencia certificación de este auto con copia testimoniada de los autos principales así como del expediente administrativo.

Publíquese el oportuno oficio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID donde se publicó la ordenanza fiscal respecto de la cual se plantea la cuestión de ilegalidad.

Contra este auto no cabe recurso ordinario alguno.

Así 1o acuerda, manda y firma su señoría, doy fe.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID expido el presente en Madrid, a 14 de enero de 2013.—El secretario (firmado).

(03/1.560/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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