Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 19

Fecha del Boletín 
23-01-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130123-161

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JEREZ DE LA FRONTERA NÚMERO 3

EDICTO

161
Ejecución 490 de 2011

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Jerez de la Frontera.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue los autos número 49 de 2011, sobre social ordinario, a instancias de doña Inmaculada Guadalupe García Campos, contra Fondo de Garantía Salarial e “Intervinsa Distribuciones, Sociedad Limitada Laboral”, en los que con fecha 3 de diciembre de 2012 se ha dictado sentencia, que sustancialmente dice lo siguiente:

Sentencia número 416 de 2012

En Jerez de la Frontera, a 3 de diciembre de 2012.—Vistos por mí, doña Gloria Martín-Moreno Calcerrada, magistrada-juez titular del Juzgado de lo social número 3 de Jerez de la Frontera, los presentes autos seguidos bajo el número 49 de 2011, en materia de reclamación de cantidad, en virtud de demanda interpuesta por doña Inmaculada Guadalupe García Campos, representada en juicio por el letrado señor Martín Mora, frente a la empresa “Intervinsa Distribuciones, Sociedad Limitada Laboral”, que no comparece pese a estar citada en legal forma, y el Fondo de Garantía Salarial, llamado al procedimiento a los efectos legales correspondientes, que tampoco comparece, conforme al siguiente

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por doña Inmaculada Guadalupe García Campos, frente a la empresa “Intervinsa Distribuciones, Sociedad Limitada Laboral”, y en consecuencia, condeno a la demandada a pagar la cantidad de 38.193,30 euros, más los intereses moratorios correspondientes a razón del 10 por 100, sin especial pronunciamiento en cuanto al Fondo de Garantía Salarial.

Así por esta mi sentencia lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a “Intervinsa Distribuciones, Sociedad Limitada Laboral”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto para que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Jerez de la Frontera.—El secretario judicial (firmado).

(03/41.730/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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