Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 15

Fecha del Boletín 
18-01-2013

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130118-32

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MANZANARES EL REAL

PERSONAL

32
Modificación plantilla personal

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Manzanares el Real relativo al expediente de modificación de la plantilla de personal funcionario y laboral número 1/2012 de este Ayuntamiento, pasando a quedar de la siguiente manera:

1. Denominación de la plaza: auxiliar administrativo, interlocutor de la empresa con el SPA/coordinador del Plan de Prevención.

Tipo: personal laboral fijo.

Adscripción: Administración General.

Grupo: C2.

Complemento de destino: nivel 16.

Estructura salarial:

— SB auxiliar administrativo laboral = 570,71 euros/brutos/mes ´ 14 = 7.989.94 euros/brutos/año.

— CD auxiliar administrativo laboral = 349,91 euros/ brutos/mes ´ 14 = 4.898,74 euros/brutos/año.

— CE auxiliar administrativo laboral = 559,93 euros/brutos/mes ´ 14 = 7.839,02 euros/brutos/año.

— Complemento específico adicional al existente, propuesto por el desempeño de las funciones de interlocutor de la empresa con el SPA/coordinador del Plan de Prevención: 337,03 euros/brutos/mes ´ 14 = 4.718,42 euros/brutos/año.

— Total complemento específico propuesto = 896,96 euros/brutos/mes ´ 14 = 12.557,44 euros/brutos/año.

Funciones a realizar para la percepción del mencionado complemento específico:

— Por las funciones propias inherentes a un puesto de auxiliar administrativo laboral fijo adscrito al Departamento de Administración General, la mencionada plaza tiene un CE asignado de 559.93 euros/brutos/mes ´ 14 = 7.839,02 euros/brutos/año.

— Por las funciones de interlocutor de la empresa con el SPA/coordinador del Plan de Prevención, el complemento específico asignado asciende a la cantidad de 337,03 euros/brutos/mes ´ 14 = 4.718,42 euros/brutos/año, siendo el desglose de tales funciones las siguientes:

• Cooperar con el servicio de prevención para el desarrollo de las actividades en los centros de trabajo asignados.

• Desarrollar las actividades encomendadas en los diferentes procedimientos de actividad preventiva del SGPRL.

• Canalizar las comunicaciones entre el personal de los centros de trabajo y el servicio de prevención y viceversa.

• Vigilar el cumplimiento de los objetivos y, en su caso, proponer acciones correctivas o preventivas para corregir las desviaciones o incumplimientos de los mismos

• Atender las consultas que se puedan efectuar por los trabajadores o sus representantes. Mantener la documentación del SGPRL.

2. Denominación de la plaza: especialista de obras, jefe de obras y servicios.

Tipo: personal funcionario .

Adscripción: Obras y Servicios.

Grupo: C2.

Complemento de destino: nivel 14.

Estructura salarial:

— SB especialista de obras = 599,25 euros/brutos/mes ´ 14 = 8.389,5 euros/brutos/año.

— CD especialista de obras = 305,01 euros/brutos/mes ´ 14 = 4.270,14 euros/brutos/año.

— CE especialista de obras = 559,93 euros/brutos/mes ´ 14 = 7.839,02 euros/brutos/año.

— Complemento específico adicional al existente, propuesto por el desempeño de las funciones de jefe de obras y servicios: 351,36 euros/brutos/mes ´ 14 = 4.919,04 euros/brutos/año.

Funciones a realizar para la percepción del mencionado complemento específico:

— Por las funciones propias inherentes a un puesto de especialista de obras funcionario adscrito al Departamento de Obras y Servicios, la mencionada plaza tiene un CE asignado de 559,93 euros/brutos/mes ´ 14 = 7.839,02 euros/brutos/año.

— Por las funciones de jefe de obras y servicios, el complemento específico asignado asciende a la cantidad de 351,36 euros/brutos/mes ´ 14 = 4.919,04 euros/brutos/año, siendo el desglose de tales funciones las siguientes:

• Planifica el trabajo a realizarse en la unidad.

• Distribuye y supervisa las actividades del personal a su cargo.

• Coordina las actividades del personal a su cargo.

• Elabora informes en materia de su competencia.

• Suministra todo lo relacionado con la asistencia, permiso, retardos, reposos y vacaciones del personal a su cargo.

• Recibe y firma la correspondencia de la unidad.

• Lleva registro y control de asistencia de personal a su cargo.

• Autoriza, junto con su superior inmediato, todos los trabajos solicitados a nivel de dependencia de la Institución.

• Establece, junto con su superior inmediato, las prioridades en relación con las solicitudes enviadas por las diferentes dependencias de la Institución.

• Realiza inspecciones para determinar la calidad del trabajo realizado.

• Autoriza y supervisa el mantenimiento y reparación de los equipos e instrumentos de trabajo.

• Lleva el control de materiales e implementos de trabajo que se utilizan en el área.

• Vela porque las herramientas, materiales y equipos de trabajo utilizados sean manejados adecuadamente, observándose las normas de seguridad industrial establecidas.

• Elabora órdenes de ejecución, actas de inicio y partes de trabajo.

• Recibe de su superior inmediato las solicitudes para trabajos de construcción, ampliaciones, modificaciones de obras civiles y reparaciones.

• Ordena la ejecución de las obras solicitadas, ya autorizadas por el superior inmediato.

• Cumple con las normas y procedimientos en materia de seguridad integral, establecidos por la organización.

• Colabora con la dirección de personal en la mejora de la acción preventiva.

• Promueve y fomenta la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales

• Ejerce una labor de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.

• Asume las competencias del Comité de Seguridad y Salud, en aquellos casos en los que por no contar con las condiciones necesarias, este no pudiera constituirse.

• Realiza visitas a los lugares de trabajo para ejercer una labor de vigilancia y control del estado de las condiciones de trabajo.

• Propone al órgano de representación de los trabajadores la adopción del acuerdo de paralización de las actividades en las que exista un riesgo grave e inminente.

• Mantiene en orden equipo y sitio de trabajo, reportando cualquier anomalía.

• Realiza cualquier otra tarea afín que le sea asignada.

— Total complemento específico propuesto = 911,29 euros/brutos/mes ´ 14 = 12.758,06 euros/brutos/año.

3. Denominación de la plaza: especialista de obras, jefe de limpieza, parques y jardines:

Tipo: personal funcionario.

Adscripción: Obras y Servicios.

Grupo: C2.

Complemento de destino: nivel 14.

Estructura salarial:

— SB especialista de obras = 599,25 euros/brutos/mes ´ 14 = 8.389,5 euros/brutos/año.

— CD especialista de obras = 305,01 euros/brutos/mes ´ 14 = 4.270,14 euros/ brutos/año.

— CE especialista de obras = 559,93 euros/brutos/mes ´ 14 = 7.839,02 euros/ brutos/año.

— Complemento específico adicional al existente, propuesto por el desempeño de las funciones de jefe de limpieza, parques y jardines: 351,36 euros/brutos/ mes ´ 14 = 4.919,04 euros/brutos/año.

Funciones a realizar para la percepción del mencionado complemento específico:

— Por las funciones propias inherentes a un puesto de especialista de obras funcionario adscrito al Departamento de Obras y Servicios, la mencionada plaza tiene un CE asignado de 559,93 euros/brutos/mes ´ 14 = 7.839,02 euros/brutos/año.

— Por las funciones de jefe de limpieza, parques y jardines, el complemento específico asignado asciende a la cantidad de 351,36 euros/brutos/mes ´ 14 = 4.919,04 euros/brutos/año, siendo el desglose de tales funciones las siguientes:

• Planifica el trabajo a realizarse en la unidad.

• Distribuye y supervisa las actividades del personal a su cargo.

• Coordina las actividades del personal a su cargo.

• Elabora informes en materia de su competencia.

• Suministra todo lo relacionado con la asistencia, permiso, retardos, reposos y vacaciones del personal a su cargo.

• Recibe y firma la correspondencia de la unidad.

• Lleva registro y control de asistencia de personal a su cargo.

• Autoriza, junto con su superior inmediato, todos los trabajos solicitados a nivel de dependencia de la Institución.

• Establece, junto con su superior inmediato, las prioridades en relación con las solicitudes enviadas por las diferentes dependencias de la Institución.

• Realiza inspecciones para determinar la calidad del trabajo realizado.

• Autoriza y supervisa el mantenimiento y reparación de los equipos e instrumentos de trabajo.

• Lleva el control de materiales e implementos de trabajo que se utilizan en el área.

• Vela porque las herramientas, materiales y equipos de trabajo utilizados sean manejados adecuadamente, observándose las normas de seguridad industrial establecidas.

• Elabora órdenes de ejecución, actas de inicio y partes de trabajo.

• Recibe de su superior inmediato las solicitudes para trabajos de limpieza, remodelación, reparación, etcétera, de parques, jardines y en general, de vías públicas.

• Ordena la ejecución de las acciones solicitadas, ya autorizadas por el superior inmediato.

• Determina el tiempo para la ejecución de las acciones.

• Cumple con las normas y procedimientos en materia de seguridad integral, establecidos por la organización.

• Colabora con la dirección de personal en la mejora de la acción preventiva.

• Promueve y fomenta la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.

• Ejerce una labor de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.

• Asume las competencias del Comité de Seguridad y Salud, en aquellos casos en los que por no contar con las condiciones necesarias, este no pudiera constituirse.

• Realiza visitas a los lugares de trabajo para ejercer una labor de vigilancia y control del estado de las condiciones de trabajo.

• Propone al órgano de representación de los trabajadores la adopción del acuerdo de paralización de las actividades en las que exista un riesgo grave e inminente.

• Mantiene en orden equipo y sitio de trabajo, reportando cualquier anomalía.

• Realiza cualquier otra tarea afín que le sea asignada.

— Total complemento específico propuesto = 911,29 euros/brutos/mes ´ 14 = 12.758,06 euros/brutos/año.

Entender que la modificación de la plantilla de personal con sus consecuentes variaciones retributivas se aprueba con carácter retroactivo desde el momento en que cada trabajador comenzó a desempeñar las funciones que se retribuyen en este expediente. Esto es:

— Nombramiento de auxiliar administrativo como interlocutor de la empresa con el SPA/coordinador del Plan de Prevención: 27/3/12.

— Realización de funciones de jefe de obras y servicios y de jefe de limpieza, parques y jardines: 1/3/12.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

En Manzanares el Real, a 26 de diciembre de 2012.—El alcalde, Óscar Cerezal Orellana.

(03/243/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130118-32