Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 201
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120823-158
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE ÁVILA NÚMERO 1
EDICTO
Doña María Jesús Martín Chico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Ávila.
Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 228 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Rodríguez González y don Jesús Rodríguez González, contra la empresa “Bitartrán, Sociedad Anónima”, don José Luis Ramos Fortea y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Fallo
Que estimando como estimo la demanda formulada por la parte actora don José Luis Rodríguez González y don Jesús Rodríguez González, contra la parte demandada “Bitartrán, Sociedad Anónima”, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a esta a que abone a don José Luis Rodríguez González la cantidad de 4.451,61 euros, más el interés legal por mora de los conceptos salariales objeto de condena, y a don Jesús Rodríguez González la cantidad de 3.173,39 euros, más el interés legal por mora de los conceptos salariales objeto de condena.
Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación por comparecencia o escrito de las partes, su abogado o representante, designando el letrado que habrá de interponerlo. Siendo posible el anuncio por la mera manifestación de aquellos al ser notificados. La empresa deberá al mismo tiempo acreditar haber consignado el importe de la condena en la cuenta de este Juzgado, abierta en “Banesto”, denominada “Depósitos y consignaciones”, número 0293, pudiendo sustituirse por aseguramiento mediante aval bancario, constando la responsabilidad solidaria del avalista, más otra cantidad de 300 euros en la misma cuenta y en impreso separado del importe de la condena.
Así por esta mi sentencia, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Bitartrán, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Ávila, a 13 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/27.135/12)

