Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178
Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120727-92
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CHAPINERÍA
RÉGIMEN ECONÓMICO
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y 88 del Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, Reglamento General de Recaudación, se hace público:
Que mediante decreto de Alcaldía de 3 de julio de 2012, se aprobaron los siguientes padrones de contribuyentes:
Denominación del padrón. — Importe
Impuesto sobre bienes inmuebles urbana 2012. — 439.091,79 euros.
Impuesto sobre bienes inmuebles rústica 2012. — 2.254,87 euros.
Los referidos padrones se encuentran expuestos al público en las oficinas municipales, a fin de que puedan ser examinados por los interesados y presentarse cuantas alegaciones estimen oportunos contra los mismos, en el supuesto de no presentarse ninguna reclamación durante el período de exposición pública, el acuerdo provisional quedará elevado a definitivo sin más trámites, pudiendo interponer contra el mismo el recurso de reposición a que se refiere el artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El plazo de ingreso en período voluntario será el establecido en el calendario general de recaudación, aprobado y posteriormente publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Chapinería, a 3 de julio de 2012.—El alcalde, Ángel Luis Fernández Robles.
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