Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
04-07-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120704-199

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

199
Demanda 137 de 2012

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 137 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Joaquín Álvarez Estévez, contra la empresa “Restaurante A Casiña Casa de Campo, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 21 de mayo de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 233 de 2012

En Madrid, a 21 de mayo de 2012.—Doña Begoña García Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don Joaquín Álvarez Estévez, que comparece asistido por la letrada doña Blanca Jimena González Albarrán, y de otra, como demandada, “Restaurante A Casiña Casa de Campo, Sociedad Limitada”, que no comparece, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Fallo

Que estimo la demanda formulada por don Joaquín Álvarez Estévez frente a “Restaurante A Casiña Casa de Campo, Sociedad Limitada”, y declaro nulo el despido de aquel, declarando extinguida mediante la presente sentencia la relación laboral entre el actor y la empresa; y condeno a la demandada a que indemnice al actor con 22.703,7 euros y le abone la cuantía de 6.676,60 euros en concepto de salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la presente resolución (133 días), a razón de un salario diario de 50,20 euros; y la cuantía de 7.170,09 euros en concepto de liquidación y salarios adeudados.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución mediante manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso de haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2526 en “Banesto”, en la calle Princesa, número 2, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Restaurante A Casiña Casa de Campo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.793/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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