Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133

Fecha del Boletín 
05-06-2012

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120605-5

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 18 de mayo de 2012, por la que se hace público el acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 17 de mayo de 2012, relativo a la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, referente al Catálogo de Parques Históricos y Jardines de Interés.

Por el Consejo de Gobierno, con fecha 17 de mayo de 2012, se adoptó, entre otros, el Acuerdo del siguiente tenor literal:

«I. Con fecha 22 de diciembre de 2011, el Pleno del Ayuntamiento de Madrid acordó aprobar las subsanaciones introducidas en el documento aprobado provisionalmente por el Pleno de 28 de septiembre de 2010, de modificación del Plan General de Ordenación Urbana, relativa al Catálogo de Parques Históricos y Jardines de lnterés, y su remisión para su aprobación definitiva por el órgano autonómico competente.

Constan en el expediente los informes de la Comisión Local de Patrimonio Histórico, que ha informado el expediente en varias sesiones; de la Dirección General de Evaluación Ambiental, de 15 de junio de 2010, y de la Dirección General de Patrimonio Histórico, de 20 de mayo de 2011 y 23 de marzo de 2012.

II. La Modificación Puntual tiene por objeto adecuar las condiciones de protección al valor y situación reales de los distintos parques y jardines catalogados, y sin variar ningún otro parámetro urbanístico, se modifica el Catálogo de Parques Históricos y Jardines de Interés y documentos relacionados en los siguientes casos:

— Aquellos en los que se considera que su protección obedece a un error conceptual durante el proceso de elaboración del Plan General vigente.

— Los que han perdido por causas naturales su vegetación relevante.

— Aquellos en los que se considera que puede definirse con mayor precisión la zona de máximo valor.

— Aquellos en los que existen errores en la definición del jardín con respecto a la realidad parcelaria o construida.

La revisión del Catálogo se circunscribe a la totalidad del mismo y de sus documentos relacionados, siendo el ámbito de estudio el Centro Histórico, al que además se le suman los siguientes entornos:

a) Algunos jardines considerados de interés, calificados como tales en el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Madrid.

b) El distrito de Carabanchel, que contiene ejemplos singulares de lo que fueron villas de recreo de la alta burguesía del siglo XIX.

c) El eje de Arturo Soria y aledaños, como primer asentamiento urbano masivo con carácter de ciudad-jardín.

El siguiente cuadro resume la propuesta de modificación en las condiciones actuales de estos jardines, en los que se plantea la descatalogación total de 7, la descatalogación parcial de 3, la reducción del nivel de protección, en todo o en parte, de 3 de ellos y se modifican las condiciones de usos permitidos en 1.


III. La documentación escrita y gráfica del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid que se ve modificada por la presente Modificación Puntual, es la siguiente:

— Plano CB del Catálogo de Elementos Protegidos – B: Elementos Singulares.

Hojas 29/9, 60/2, 60/3, 60/4, 60/5, 60/8, 66/6, 66/9, 67/4, 67/7, 73/5, 81/6, 81/8, 81/9 y 89/2.

— Plano CE, de Condiciones de la Edificación.

Hojas 66/3 y 73/5.

— Plano de Análisis de la Edificación.

Hojas 01.02.069, 01.04.036 y 05.03.002

— Planos P-06-a y P-07-a del APE 11.08 del “Casco Histórico de Carabanchel Alto”.

— Listado de Catálogo.

Hojas 543, 545, 547, 555, 558 y 563.

— Fichas del Catálogo de Parques Históricos y Jardines de Interés.

Número de Catálogo: 13.100 (se añade una ficha de Condiciones Específicas), 15.901, 50.702, 51.209, 51.211, 52.003 y 54.007 (se añade una ficha de Condiciones Específicas).

Asimismo, se anulan las fichas de aquellos jardines que ahora se descatalogan:

— Plaza del Parterre con vuelta a ronda Don Bosco, número catálogo 50.704.

— Plaza del Parterre, número catálogo 50.705.

— Calle Monseñor Óscar Romero, número 13, número catálogo 54.016.

— Calle Ribera de Curtidores, número 35, número catálogo 6.384.

— Calle Tritón y adyacentes (“Barriada de la Colina”) número catálogo 50.989.

— Calle Pintor Romero Carbonero, número 14, número catálogo 54.008.

— Calle Hortaleza, número 63, con vuelta a calle Farmacia, número 13, número catálogo 1.343.

IV. Respecto al análisis y valoración de la Modificación Puntual propuesta, la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial emite los informes técnico y jurídico, ambos de 25 de abril de 2012, señalando lo siguiente:

La Modificación Puntual que se propone se considera urbanísticamente justificada, toda vez que da cumplimiento a lo establecido en el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, que establece la obligación de revisión de los diversos Catálogos de protección. El criterio seguido para esta revisión ha sido el de adaptar los niveles de protección a la realidad de los elementos catalogados, sin que ello suponga la variación de ningún otro parámetro urbanístico fijado por el citado Plan General.

No obstante, tras el análisis detallado de las modificaciones que se proponen, estas no se consideran suficientemente justificadas en los siguientes casos:

— Plaza del Parterre, jardines número 50.704 y 50.705, en los que se propone la descatalogación total en igualdad de condiciones. Si bien en el primero de ellos está justificada la descatalogación, tanto por corrección de error del Plan General, como por el estado actual del supuesto jardín (es el patio de un colegio público), no es así en el caso del otro jardín: 50.705, calificado como zona verde y espacio libre, y donde se aprecia en fotografía aérea la existencia de un importante arbolado, es decir, una situación muy diferente al colindante, al que se pretende equiparar.

— Avenida Carabanchel Alto, número 15, número catálogo 50.702. Se plantea la descatalogación de una parte del mismo como corrección de error del Plan General, manteniendo el resto las actuales condiciones de catalogación. A la vista de la situación actual del conjunto del jardín, es necesario justificar el diferente tratamiento dado a las dos zonas del mismo ámbito.

— Calle Fortuny, número 34, número catálogo 13.100. La propuesta mantiene el actual nivel de protección del jardín e incorpora una serie de condiciones específicas relativas al uso, en concreto, la posibilidad de permitir su uso como terraza del restaurante existente en la finca. Se considera que habrán de precisarse las medidas urbanístico-ambientales necesarias para preservar las actuales condiciones del jardín protegido y su arbolado de modo que pudiera ser permitido al uso de terraza.

Por lo tanto, deberá completarse el expediente de “Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid referente al Catálogo de Parques Históricos y Jardines de Interés”, con las justificaciones señaladas anteriormente, relativas a los jardines 50.704, 50.705, 50.702 y 13.100; el resto de los emplazamientos se informan favorablemente.

V. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 26 de abril de 2012, aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial, de 25 de abril de 2012, adoptó el siguiente acuerdo: “Primero.—Informar favorablemente la ‘Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 referente al Catálogo de Parques Históricos y Jardines de Interés’, con las condiciones señaladas en el informe de la Dirección General de Patrimonio Histórico de fecha 23 de marzo de 2012, a excepción de las modificaciones que se expresan en el apartado segundo del presente Acuerdo.

Segundo.—Proponer el aplazamiento de la aprobación definitiva de las modificaciones propuestas en la plaza del Parterre, jardines 50.704 y 50.705; avenida Carabanchel Alto, número 15, número de Catálogo 50.702, y calle Fortuny, número 34, número de Catálogo 13.100, por las razones que se expresan en el informe de los servicios de la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial, de 25 de abril de 2012, debiendo completarse el expediente con las justificaciones que se indican en los mismos”.

VI. En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplimentado los trámites previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus Modificaciones y Revisiones en su fase municipal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo, la aprobación definitiva de todos los Planes Generales y de Sectorización y sus revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios con población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia que concurre en el presente supuesto.

Asimismo, de acuerdo con el artículo 62.2.b) y c) de la citada Ley, el órgano competente para la aprobación definitiva podrá aplazar, motivadamente, en todo o en parte, o denegar la aprobación definitiva de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana.

En su virtud, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 17 de mayo de 2012,

ACUERDA

Primero

Aprobar definitivamente la “Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 referente al Catálogo de Parques Históricos y Jardines de Interés”, con las condiciones señaladas en el informe de la Dirección General de Patrimonio Histórico, de fecha 23 de marzo de 2012, a excepción de las modificaciones que se expresan en los apartados segundo y tercero del presente Acuerdo.

Segundo

Aplazar la aprobación definitiva de las modificaciones propuestas en la plaza del Parterre, jardines 50.704 y 50.705; avenida Carabanchel Alto, número 15, número de Catálogo 50.702, y calle Fortuny, número 34, número de Catálogo 13.100, por las razones que se expresan en el informe de la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial, de 25 de abril de 2012, debiendo completarse el expediente con las justificaciones que se indican en el mismo.

Tercero

Denegar la aprobación definitiva de la modificación propuesta en la calle Adelina Patti, número 1-11, número de Catálogo 51.209, al existir una discrepancia entre documentos del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, y por lo tanto, la situación y dimensión de la franja del jardín que se pretende descatalogar, está vinculada al resto del Jardín Histórico, que conserva su catalogación, por lo que dicha franja debe permanecer en el Catálogo de Jardines Históricos de Interés.

Cuarto

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado expediente, se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, y en www.madrid.org, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 18 de mayo de 2012.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(03/19.042/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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