Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120510-177
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1
EDICTO
Don Francisco Javier Sanz Rodero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Toledo.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 327 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mariano Sánchez Villarrubia, contra la empresa “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Parte dispositiva:
a) Declarar a la ejecutada “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 5.476,91 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
c) Procédase a su inscripción en el registro correspondiente.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante el secretario judicial que dicta esta resolución podrá interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Toledo, a 22 de marzo de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/13.675/12)

