Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120510-121
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.279 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Carlos Molina Martínez, contra la empresa “Logística Integral de Mercancías por Carretera, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
Fallo
Que estimando la demanda interpuesta por don Juan Carlos Molina Martínez, contra la empresa “Logística Integral de Mercancías por Carretera, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en legal forma, y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 1.757,63 euros, cantidad que se incrementará en un 10 por 100 de interés de mora.
En cuanto al Fondo de Garantía Salarial habrá de estar y pasar por esta declaración.
Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella no cabe interponer recurso ordinario alguno.
Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencias de este Juzgado, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto, decreto o sentencia o se trate de emplazamiento que se harán a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Logística Integral de Mercancías por Carretera, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 23 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/13.665/12)