Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120410-132
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.301 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Roberto Mallo Sánchez-Bermejo, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Ibermutuamur” y “Rehabilitaciones y Construcciones, Sociedad Anónima”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:
Decreto
En Madrid, a 20 de febrero de 2012.
Parte dispositiva:
Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.
Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 10 de abril de 2012, a las ocho y cincuenta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Princesa, número 3, novena planta, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.
Habiéndose solicitado la prueba referente a expediente de la Seguridad Social, se acuerda en su conformidad, a los efectos de preparar la prueba que en su momento se propondrá por las partes y que será admitida o rechazada en juicio por el magistrado-juez si así lo considerase pertinente en el acto del juicio, todo ello de conformidad con el artículo 85 de la Ley de Procedimiento Laboral.
Reclámese a la entidad gestora o servicio común la remisión en diez días del expediente original o copia del mismo o de las actuaciones y, en su caso, informe de los antecedentes que posea en relación con el contenido de la demanda.
Notifíquese esta resolución a las partes, todo ello de conformidad con los artículos 55 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Así por este decreto lo acuerdo, mando y firmo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Rehabilitaciones y Construcciones, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 15 de marzo de 2012.—El secretario judicial (firmado).
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