Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 72

Fecha del Boletín 
24-03-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120324-146

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

146
Ejecución 103 de 2011

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 103 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Miguel González Peña, contra la empresa “Sistemas Integrados de Electricidad, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado diligencia de ordenación de fecha 6 de junio de 2011 (ejecución número 96 de 2011 acumulada a la ejecución número 103 de 2011) y diligencia de ordenación de fecha 12 de enero de 2012, cuyos contenidos son del tenor literal siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 6 de junio de 2011.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en el presente procedimiento se ha producido la acumulación de la ejecución número 103 de 2011 con fecha 4 de abril de 2011, en autos anteriormente reseñados, seguidos a instancias de don Luis Miguel González Peña, contra “Sistemas Integrados de Electricidad, Sociedad Limitada”, sobre despido.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 6 de junio de 2011.

Visto el estado del presente procedimiento, coincidiendo en las dos ejecuciones como demandada “Sistemas Integrados de Electricidad, Sociedad Limitada”, en la presente hay además otra demandada “Rafael Campillo, Sociedad Limitada”, por lo que no procede la acumulación de procedimientos.

Procédase a la desacumulación de los mismos, y sígase su tramitación por separado, déjese testimonio de la presente resolución en la ejecución número 103 de 2011.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así lo ordeno y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado. Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 12 de enero de 2012.

Visto el estado de las presentes actuaciones y quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 9.275,31 euros de principal y 1.855,06 euros de intereses y costas, sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia y antes de ello, conforme lo previsto en el artículo 276.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, dese audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial para que en el término de quince días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria designando, en tal caso, bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, ante la secretaria judicial que dicta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sistemas Integrados de Electricidad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.427/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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