Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 67

Fecha del Boletín 
19-03-2012

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120319-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 29

EDICTO

126
Juicio de faltas 294 de 2009

Doña María José Sanz Escorihuela, secretaria del Juzgado de instrucción número 29 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 294 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Juicio de faltas número 294 de 2009, en el que han sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciante-denunciado, don Vicenta Mora Rubio, y como denunciados-denunciantes, don José Fernando Zurita Villafrancas y doña Esther Ramos Salinas, constando en los autos el resto de los datos de los hasta aquí mencionados, no habiendo comparecido ninguno de ellos al acto del juicio, salvo el ministerio fiscal y la letrada de don Vicente Mora Rubio, señora Tabere García, colegiada número 60.731.

De conformidad con el pronunciamiento hecho en la sentencia dictada “in voce”, debo absolver y absuelvo libremente y con todos los pronunciamientos favorables a don Vicente Mora Rubio, por un lado, y a don José Fernando Zurita Villafrancas y doña Esther Ramos Salinas, por otro, de los hechos denunciados en las presentes actuaciones, declarándose de oficio las costas procesales, si las hubiere.

Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y demás partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial en el término de cinco días siguientes al de su notificación.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a las partes, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 15 de febrero de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/6.770/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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