Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
19-01-2012

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120119-9

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2011, por la que se hace público el acuerdo de la Comisión de Urbanismo relativo al Plan Especial de Infraestructuras de la conexión del colector de “El Berzalejo” y de las “Colinas I” a la estación depuradora de aguas residuales de Hoyo de Manzanares, en el término municipal de Hoyo de Manzanares, promovido por el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares (AC. 172/11).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el 29 de diciembre de 2011, examinó el expediente relativo al Plan Especial de Infraestructuras de la conexión del colector de “El Berzalejo” y de las “Colinas 1” a la estación depuradora de aguas residuales de Hoyo de Manzanares, en el término municipal de Hoyo de Manzanares, promovido por el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares.

En virtud del contenido del informe técnico-jurídico, de fecha 30 de noviembre de 2011, emitidos por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General el 13 de diciembre de 2011, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó el acuerdo del siguiente tenor literal:

«Primero.—Aprobar definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras de la conexión del colector de “El Berzalejo” y de las “Colinas 1” a la estación depuradora de aguas residuales de Hoyo de Manzanares, en el término municipal de Hoyo de Manzanares, promovido por el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares. El desarrollo de las actuaciones deberá sujetarse a las condiciones expresadas en la declaración de impacto ambiental, que deberá ser actualizada, y de los informes sectoriales del Patronato del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares, de 30 de julio de 2003 y 5 de noviembre de 2010; Dirección General del Medio Ambiente (Área de Vías Pecuarias), de 23 de julio de 2009; Confederación Hidrográfica del Tajo, de 28 de abril y 18 de noviembre de 2010; Dirección General de Evaluación Ambiental, de 18 de marzo de 2011; Canal de Isabel II, de 29 de julio de 2010, y de la Dirección General de Patrimonio Histórico, de 4 de noviembre de 2011, obrantes en el expediente.

Segundo.—Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.»

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Especial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, y en www.madrid.org, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 29 de diciembre de 2011.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(03/1.218/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.85.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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