Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120102-104

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 7

EDICTO

104
Procedimiento 732 de 2009

En el procedimiento de divorcio contencioso número 732 de 2009, seguido a instancias de doña María Narcisa González Gonza, frente a don Efrén Emilio Beltrán Berzosa, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia

En Parla, a 30 de marzo de 2011.—Vistos por doña Lidia Octavio Espíndola, magistrada-juez de primera instancia e instrucción del número 7 de los de Parla y su partido, los presentes autos de divorcio contencioso seguidos con el número 732 de 2009, a instancias de doña María Narcisa González Gonza, representada por el procurador señor Figueras Ruiz, oficial habilitado de don Carlos Ibáñez de la Cadiniere, y defendida por el letrado don José Antonio Díaz Garrido, contra don Efrén Emilio Beltrán Berzosa, en situación de rebeldía procesal, en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda de divorcio interpuesta por el procurador señor Ibáñez de la Cadiniere, en nombre y representación de doña María Narcisa González Gonza, contra don Efrén Emilio Beltrán Berzosa, debo declarar y declaro disuelto, por causa de divorcio, el matrimonio formado por doña María Narcisa González Gonza y don Efrén Emilio Beltrán Berzosa, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración, adoptando, además, las siguientes medidas:

Se concede la guarda y custodia de la hija menor a la madre, siendo la patria potestad compartida entre ambos progenitores.

Se atribuye el uso y disfrute del domicilio familiar a la hija menor y a la madre, ya que aquella queda en su compañía.

Se fija un régimen de visitas según lo determinado en el fundamento jurídico séptimo de la presente resolución.

El padre abonará en concepto de pensión alimenticia para la menor la cantidad de 300 euros mensuales, que se ingresarán dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que designe la actora, y que se actualizarán anualmente conforme al índice de precios al consumo. Asimismo, ambos progenitores abonarán por mitad los gastos extraordinarios de la menor.

Y todo ello sin hacer expresa condena en costas a ninguna de las partes.

Notifíquese a las partes la presente resolución, informándoles que contra la misma cabe interponer, en este Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, recurso de apelación en el plazo de cinco días contados a partir del siguiente al de su notificación, significando que para la admisión a trámite del recurso será necesario acreditar la consignación en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado del depósito previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Raquel María Soriano Yáñez Sedeño.—En Parla, a 29 de noviembre de 2011.

Por presentado el anterior escrito, conforme se interesa, remítase directamente oficio y edicto al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para la notificación edictal del demandado.

Habiéndose dictado sentencia en el presente procedimiento, y encontrándose el demandado don Efrén Emilio Beltrán Berzosa en situación de rebeldía procesal, de conformidad con el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil acuerdo notificarle la sentencia mediante edicto que se fijará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de la oficina judicial.

Modo de impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días desde su notificación, ante la secretaria judicial que la dicta.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria (firmado).

Y encontrándose dicho demandado don Efrén Emilio Beltrán Berzosa, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Parla, a 29 de noviembre de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/42.789/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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