Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
23-12-2011

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111223-59

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA

RÉGIMEN ECONÓMICO

59
Modificación ordenanza fiscal

Por el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2011, fue aprobada inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa municipal sobre la recogida domiciliaria de basuras y residuos sólidos urbanos. Durante el plazo de exposición al público (plazo que comenzó el día 9 de noviembre de 2011 y finalizó el día 9 de diciembre de 2011), para presentación de reclamaciones, han sido presentadas las siguientes: una y única, presentada por don Joaquín Montalvo García, en nombre propio, con fecha 5 de diciembre de 2011, registrada de entrada el mismo día, mes y año en el Registro General del Ayuntamiento con el número 4.373.

Que el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria celebrada el pasado día 20 de diciembre de 2011, adoptó los siguientes acuerdos:

Primero.—Admitir y desestimar la reclamación presentada por don Joaquín Montalvo García, el día 5 de diciembre de 2011, registrada el mismo día mes y año en el Registro General de Entrada con el número 4.373, contra el incremento del 6,1 por 100 de la tasa municipal para el año 2012, por no estar fundamentada jurídicamente en la vulneración de ninguna norma la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa municipal sobre la recogida domiciliaria de basuras y residuos sólidos urbanos, aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2011 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 265, de 8 de noviembre de 2011.

Segundo.—Aprobar definitivamente la modificación de los artículos 7, Cuotas Tributaria, y 13, segundo, apartado 1, bonificación familias numerosas de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa municipal sobre la recogida domiciliaria de basuras y residuos sólidos urbanos, previamente aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento en la sesión celebrada el día 25 de octubre de 2011 y se proceda a la publicación definitiva del texto íntegro de las citadas modificaciones, mediante inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en los artículos 17 y 19, apartado primero, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, cuyo contenido literalmente transcrito es el siguiente:

Art. 7. Cuotas Tributarias.—Las cuotas a aplicar serán las siguientes:



Art. 13. Bonificaciones fiscales

Segundo.—Bonificación familias numerosas:

1. Se establece una bonificación del 50 por 100 del importe de la tasa para los sujetos pasivos que ostenten la condición de familias numerosas.

La solicitud de la bonificación deberá presentarse dentro del primer trimestre del ejercicio en curso, debiendo acreditar la condición de familia numerosa con la presentación de copia del título de familia numerosa expedido por la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en el artículo 19, apartado primero, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se procede a la publicación del texto íntegro de la modificación de la citada ordenanza mediante inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Becerril de la Sierra, a 21 de diciembre de 2011.—El alcalde, José Conesa López.

(03/43.238/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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