Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 236

Fecha del Boletín 
05-10-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111005-226

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE AVILÉS NÚMERO 1

EDICTO

226
Ejecución 211 de 2011

Doña Dolores Cepeda Galicia, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Avilés.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 211 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Dolores Mora Vázquez y doña Marta González Artime, contra la empresa “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 5 de septiembre de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante doña Dolores Mora Vázquez y doña Marta González Artime, frente a “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 7.280,52 euros de principal, 304,47 euros de intereses de demora y de 1.137,75 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Avilés, a 5 de septiembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.156/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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