Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
30-06-2011

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110630-64

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

64
Nombramiento tenencias alcaldía

El alcalde-presidente, de conformidad con lo establecido en los artículos 21.3, 23 y 71 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, Ley 7/1985, de 2 de abril, así como los artículos 43 a 48 y 52 y siguientes del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, del 28 de noviembre, el 14 de junio de 2011 ha resuelto el nombramiento de tenencias de alcaldía y personal eventual de confianza, constitución de Junta de Gobierno y delegación de determinadas competencias, de acuerdo a las disposiciones del decreto que se transcribe:

Primero.—Nombrar tenientes de alcalde y por el orden señalado a los siguientes miembros de la Corporación:

— Primera teniente de alcalde: doña María de los Ángeles Jiménez Verdejo.

— Segundo teniente de alcalde: don Roberto Castro Diezma.

— Tercer teniente de alcalde: don Javier Martín Pascual.

— Cuarta teniente de alcalde: doña María del Mar Reguera Balandín.

— Quinto teniente de alcalde: don José Manuel Soriano Garcés.

Segundo.—Constitución de la Junta de Gobierno Local: quedan nombrados como miembros del citado órgano municipal, bajo la presidencia de esta Alcaldía, los concejales nombrados anteriormente como tenientes de alcalde.

La Junta así nombrada, además de las funciones de coordinación y asistencia permanente a esta Alcaldía en los términos establecidos en el artículo 53 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Corporaciones Locales, ostentará, por delegación de Alcaldía, las siguientes competencias:

— En materia de contratación, bienes y servicios: la competencia para la contratación de bienes, servicios o suministros, así como la adquisición y enajenación de bienes competencia de Alcaldía a tenor del artículo 21 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por Ley 11/1999, de Bases del Régimen Local, y disposición adicional II de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, con excepción de los contratos calificados como menores en razón a su plazo y cuantía por la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.

— En materia de planeamiento urbanístico: las aprobaciones de instrumentos de planeamiento o gestión, no reservados al Pleno municipal.

Tercero:

— De las delegaciones genéricas: en los términos establecidos en el artículo 43, apartado 3, del Reglamento de Organización y Funcionamiento, se resuelve a favor de los concejales que se citan las siguiente delegaciones genéricas de las competencias otorgadas por el artículo 21 de la Ley 7/1985, a la Alcaldía-Presidencia.

Las delegaciones generales efectuadas sobres estas Áreas comprenden tanto la dirección y gestión de los servicios como las facultades de resolución y emisión de actos administrativos frente a terceros, autorización de gastos en los límites establecidos en la Ley y, específicamente, para la delegación correspondiente al Área de Hacienda, ordenar pagos y librar fondos en calidad de clavero municipal, junto con el tesorero e interventor del Ayuntamiento.

— Concejala-delegada de Calidad y Nuevas Tecnologías, doña María de los Ángeles Jiménez Verdejo, con competencias plenas entre otras materias en:

a) Dirección del Área de Recursos Humanos, gestión de personal, contratación laboral y provisión de puestos de trabajo. Con excepción de la Jefatura Superior de todo el personal y la separación del servicio de funcionarios y el despido del personal laboral.

b) Aprobar la Oferta de Empleo Público de acuerdo al presupuesto y plantilla aprobados, aprobar las bases de las pruebas de selección de personal y de los concursos para la provisión de puestos de trabajo, así como distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas.

c) Dirección Gabinete de Prensa y Comunicación.

d) Relaciones con el puesto de Defensor del Ciudadano.

e) Gestión de nuevas tecnologías.

f) Dirección de la Oficina Municipal de Información al Consumidor.

g) Dirección de la Agencia de Desarrollo Local.

h) Control de calidad de los servicios municipales.

i) Competencia sancionadora y emisión de actos administrativos con eficacia frente a terceros de todas aquellas Áreas de gobierno o materias cuya delegación no alcance a la emisión de tales actos, siempre a propuesta de las Concejalías o Direcciones de los correspondientes servicios.

j) Competencia sancionadora en materia de tráfico y seguridad vial.

— Concejal-delegado de Área de Gobierno de Urbanismo, Redes y Obras Públicas y Medio Ambiente: don Roberto Castro Diezma, con las siguientes competencias sin ánimo de exhaustividad:

a) Otorgamiento de licencias y autorizaciones urbanísticas.

b) Jefatura Superior del personal adscrito al servicio.

c) Dirección y control de obras municipales y de los servicios propios o ajenos de mantenimiento de redes e infraestructuras.

d) Propuestas a los órganos competentes en materia de planeamiento y gestión urbanística.

e) Contratación de obras, servicios y suministros no atribuidos a la Junta de Gobierno.

f) Competencia sancionadora.

g) Emisión de resoluciones o actos con eficacia frente a terceros en materia de medio ambiente.

— Concejal-delegado de Hacienda, don Javier Martín Pascual, con las siguientes competencias sin ánimo de exhaustividad:

a) Competencia exclusiva sobre el Área de Hacienda, incluida la ordenación de pagos, y las materias reservadas a Alcaldía o al Pleno, en materia de concertación de préstamos y aprobación de ordenanzas en materia tributaria.

b) Jefatura de Personal adscrito al servicio.

c) Contratación de obras, servicios y suministros no atribuidos a la Junta de Gobierno.

— Concejal-delegado de Área de Educación: don José Manuel Soriano Garcés, con las siguientes competencias sin ánimo de exhaustividad:

a) Ejercicio de competencias municipales en relación con los colegios públicos de Infantil, Primaria, Casa de Niños y futura nueva escuela infantil.

b) Jefatura Superior del personal adscrito al servicio.

c) Contratación de obras, servicios y suministros no atribuidos a la Junta de Gobierno.

— Concejala-delegada de Área de Sanidad y Servicios Sociales: doña María del Mar Reguera Balandín, con las siguientes competencias sin ánimo de exhaustividad:

a) Ejercicio de competencias municipales en relación con el consultorio local y el Hogar de los mayores.

b) Jefatura Superior del personal adscrito al servicio.

c) Contratación de obras, servicios y suministros no atribuidos a la Junta de Gobierno.

Cuarto.—De las delegaciones especiales: se resuelve la delegación de competencias de todas las facultades relativas a la gestión, dirección e inspección del servicio de las Áreas que se citan, con capacidad para emisión de actos de trámite, e incluso de instrucciones de régimen interno del servicio, pero sin capacidad para emitir actos o resoluciones con efectos para terceros.

Los actos administrativos o resoluciones de aquellas Áreas objeto de delegación especial serán dictados por Alcaldía-Presidencia o por la Concejalía-Delegada competente por razón de la materia, siempre a propuesta del concejal de Servicios.

— Concejalía de Medio Ambiente, Servicios Funerarios, Caza y Ganadería, Parques y Mercadillo: se decreta el nombramiento de doña Esther Dolores Sanz Gil.

— Concejalía de Juventud y Deportes: se decreta el nombramiento de don Ignacio Melero González.

— Concejalía de Cultura: doña Begoña Segovia Domínguez.

— Concejalía de Vivienda y Embellecimiento de Viales y Jardines: don Aurelio González García.

Quinto.—Delegaciones específicas: se decreta en los términos establecidos la delegación específica a favor de don José Manuel Soriano Garcés, para la autorización de matrimonios civiles en el término de Moralzarzal.

Sexto.—Del personal eventual o de confianza: de acuerdo con lo dispuesto en artículo 104 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se nombran los siguientes cargos eventuales de confianza:

— Adscritas a Alcaldía-Presidencia:

l Doña Patricia Rodríguez Álamo, con el puesto de secretaria personal de Alcaldía.

l Doña Marta Rodríguez Peso, en el cargo de directora de Seguridad Ciudadana.

— Adscritas a la Concejalía de Calidad y Nuevas Tecnologías:

l Don Juan Francisco Albertos Temiño, en el cargo de director del Departamento de Comunicación.

l Don Javier González Miguélez, en el cargo de director de Recursos Humanos y Desarrollo Local.

— Adscritas a la Concejalía de Urbanismo:

l Don Pedro Garlito Carrero, en el cargo de director de Área de Redes, Transporte, Mantenimiento y Conservación de Viales Públicos.

— Adscritas a la Concejalía de Juventud y Deportes:

l Don Fernando Cobo Bayo, en el cargo de director de Área de Deportes.

— Adscritas a Concejalía de Sanidad y Servicios Sociales:

l Doña Isabel Antonia Piqueras Blas, en el cargo de directora de Tercera Edad.

Séptimo.—Dedicación parcial y exclusiva de concejales con responsabilidades de gobierno, retribuciones de Alcaldía, Concejalía y personal de confianza. De conformidad con las bases de ejecución presupuestaria, el régimen de ejercicio de las funciones del puesto y su retribución será la siguiente:

Puestos de dedicación exclusiva:

— Alcaldía: salario anual de 68.629,68 euros.

— Primer teniente de alcalde y Concejalía de Calidad: salario anual de 39.370,82 euros.

Puestos de dedicación parcial:

— Concejalía de Vivienda y Embellecimiento:

l Salario mes: 2.097,76 euros.

l Salario año: 29.368,68 euros.

l Dedicación mínima: veinte horas semanales.

— Concejalía de Urbanismo:

l Salario mes: 2.550 euros.

l Salario año: 35.700 euros.

l Dedicación mínima: veinte horas semanales.

— Concejalía de Educación:

l Salario mes: 1.479 euros.

l Salario año: 20.706 euros.

l Dedicación mínima: veinte horas semanales.

— Concejalía de Medio Ambiente:

l Salario mes: 1.479 euros.

l Salario año: 20.706 euros.

l Dedicación mínima: veinte horas semanales.

— Concejalía de Cultura:

l Salario mes: 1.734 euros.

l Salario año: 24.276 euros.

l Dedicación mínima: veinte horas semanales.

— Concejalía de Sanidad:

l Salario mes: 1.479 euros.

l Salario año: 20.706 euros.

l Dedicación mínima: veinte horas semanales.

— Concejalía de Hacienda:

l Salario mes: 1.479 euros.

l Salario año: 20.706 euros.

l Dedicación mínima: veinte horas semanales.

— Concejalía de Deportes y Juventud:

l Salario mes: 1.479 euros.

l Salario año: 20.706 euros.

l Dedicación mínima: veinte horas semanales.

Personal eventual de confianza:

— Secretaría de Alcaldía:

l Salario mes: 1.734 euros.

l Salario año: 24.276 euros.

l Dedicación mínima: treinta y siete horas y media por semana.

— Director/a Departamento de Comunicación:

l Salario mes: 2.448 euros.

l Salario año: 34.272 euros.

l Dedicación mínima: treinta y siete horas y media por semana.

— Director/a Deportes:

l Salario mes: 918 euros.

l Salario año: 12.852 euros.

l Dedicación mínima: veinte horas semanales.

— Director/a Protección Civil Seguridad Ciudadana:

l Salario mes: 663 euros.

l Salario año: 9.282 euros.

l Dedicación mínima: veinte horas semanales.

— Director/a Redes y Mantenimiento:

l Salario mes: 1.970 euros.

l Salario año: 27.580 euros.

l Dedicación mínima: treinta horas semanales.

— Director/a Tercera Edad:

l Salario mes: 663 euros.

l Salario año: 9.282 euros.

l Dedicación mínima: veinte horas semanales.

— Director/a Recursos Humanos y Desarrollo Local:

l Salario mes: 918 euros.

l Salario año: 12.852 euros.

l Dedicación mínima: veinte horas semanales.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Moralzarzal, a 15 de junio de 2011.—El secretario, Santiago Perdices Rivero.

(03/21.991/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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