Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
09-05-2011

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110509-87

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CUBAS DE LA SAGRA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

87
Reglamento interno utilización Sala Usos Múltiples

Una vez finalizado el plazo de información pública del reglamento interno de utilización de la Sala de Usos Múltiples del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra, aprobado inicialmente por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 7 de febrero de 2011, sin que durante el mismo se haya presentado reclamación o sugerencia alguna, el citado acuerdo se eleva a definitivo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local. Por ello, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la citada Ley, se procede a la publicación del mismo.

Contra este acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contado desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

REGLAMENTO INTERNO REGULADOR DE LA UTILIZACIÓN DE LA SALA DE USOS MÚLTIPLES DEL AYUNTAMIENTO DE CUBAS DE LA SAGRA

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Sala de Usos Múltiples es un bien de dominio público municipal ubicada en la calle San Isidro, número 3, de Cubas de la Sagra, destinada a cubrir la iniciativa social, cultural y educativa, en el sentido más amplio del término, allí donde el ciudadano plantea sus primeras demandas.

Desde su creación es habitual, además de su utilización por parte del propio Ayuntamiento, su cesión a particulares y entidades para la realización de actividades de diversa índole. Es por ello por lo que se hace necesario regular de una forma adecuada esta faceta de la actividad cultural y deportiva en el municipio.

TÍTULO PRIMERO

Disposiciones generales

1. Objeto.—El presente reglamento tiene por objeto regular el uso y funcionamiento de la Sala de Usos Múltiples ubicada en la calle San Isidro, número 3, garantizando en su uso el cumplimiento de los principios de objetividad, igualdad, publicidad y concurrencia.

La Sala de Usos Múltiples se configura como un bien inmueble municipal que tiene como finalidad el desarrollo de actividades socioculturales y deportivas organizadas por el Ayuntamiento de Cubas de la Sagra. En las fechas que las instalaciones estén disponibles, también podrán ser utilizadas por otras entidades públicas o personas, físicas o jurídicas, previa autorización municipal.

2. Normas generales de utilización.—2.1. La Sala de Usos Múltiples podrá utilizarse para la realización de todo tipo de actividades culturales y deportivas, siendo el horario disponible para ello de lunes a viernes, de diez a catorce y de dieciséis a veintitrés, durante los meses de septiembre a junio (ambos inclusive), coincidiendo con el período de curso escolar.

2.2. Los sábados, domingo y festivos, el uso del local será exclusivo del Ayuntamiento, así como cualquier otro día, de lunes a viernes, que este así lo requiera, debiendo el interesado modificar el horario de las clases previstas. Excepcionalmente, se podrá ceder en estos días, para otro tipo de eventos, previa solicitud por parte de los interesados con un mínimo de treinta días al Ayuntamiento, que estudiará la viabilidad de la petición e informará de los requisitos que el interesado haya de cumplir. En caso de que más de una solicitud coincidan en día y hora, la cesión se efectuará por riguroso orden de presentación de las mismas.

2.3. No estará permitida, por parte del interesado, la realización de cualquier otro evento en el horario designado para la actividad que figure en la cesión, así como la ampliación de horario sin previo aviso al Ayuntamiento y a la Concejalía responsable.

3. Solicitudes.—Podrán solicitar el uso de la Sala de Usos Múltiples todas aquellas entidades sociales y culturales, grupos políticos, instituciones y particulares que deseen desarrollar en ellos actividades apropiadas a su uso y a sus instalaciones. El Ayuntamiento de Cubas de la Sagra podrá desestimar todas aquellas solicitudes de actividades que, a su juicio, no se ajusten o adecuen a los espacios o puedan poner en peligro a su personal, sus instalaciones o equipos. Cuando el Ayuntamiento no intervenga como organizador o colaborador, el uso temporal de la sala estará sujeto a autorización municipal.

La persona o entidad solicitante deberá cumplimentar el impreso anexo I con la antelación suficiente para la organización del evento en cuestión. Dicha solicitud deberá ser firmada por el responsable jurídico del acto y se acompañará de la documentación acreditativa que faculte dicha responsabilidad. Las solicitudes se registrarán en el Registro General del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra, presentando el impreso de solicitud adjunto a este reglamento (anexo I), completando todos los datos en él contenidos de la forma más clara y precisa posible.

Verificados los datos de la solicitud y comprobada la disponibilidad de espacios y servicios solicitados, se autorizará, si así procede, el uso de la Sala de Usos Múltiples, señalando los términos y condiciones de la cesión.

Una vez autorizada, en el plazo de veinte días el solicitante deberá aportar al Ayuntamiento de Cubas de la Sagra comprobante de pago de la tasa correspondiente (que se determinará mediante ordenanza fiscal) y copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil.

4. Criterios para otorgar y denegar la autorización de utilización temporal.—Los criterios para otorgar y denegar la autorización de utilización temporal de la Sala de Usos Múltiples son los siguientes:

a) El interés cultural o deportivo de la actividad.

b) La trayectoria de la entidad organizadora.

c) La posibilidad de cesión según los horarios del personal del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra y los recursos humanos disponibles.

d) La antelación con la que se presenta la solicitud.

TÍTULO SEGUNDO

Derechos y obligaciones del solicitante/organizador

5. Derechos y obligaciones de los solicitantes.—Una vez autorizados al desarrollo del evento, los solicitantes tendrán los siguientes derechos y obligaciones:

a) Ejercerá única y exclusivamente poderes de dirección y organización de su personal, al no tener este ningún vínculo laboral ni de ninguna otra índole con el Ayuntamiento de Cubas de la Sagra durante la vigencia de la autorización correspondiente ni con posterioridad a la misma, respetando siempre las directrices marcadas respecto al funcionamiento de la sala por el personal del Ayuntamiento.

b) Cumplir el horario autorizado.

c) La cesión de la Sala de Usos Múltiples no obliga al Ayuntamiento de Cubas de la Sagra a contratar ningún tipo de seguro hacia los usuarios, debiendo la entidad o persona solicitante asegurar las actividades que se desarrollen mediante la correspondiente póliza de seguro de responsabilidad civil, tanto de los materiales técnicos como del personal a su cargo, recayendo, por tanto, la responsabilidad que pueda derivarse de los actos o actividades, en la entidad o persona solicitante y en la entidad convocante, de forma solidaria. Una copia de la póliza deberá ser presentada en el Registro General del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra con la antelación suficiente.

d) El cesionario está obligado a usar la Sala de Usos Múltiples con el único propósito de prestar los servicios para los actos convenidos.

e) El cesionario deberá respetar y obligar a sus alumnos a que respeten la instalación, debiendo informar al Ayuntamiento sobre cualquier anomalía, desperfecto, avería, etcétera, que ocasione o detecte a la mayor brevedad posible, siendo responsable de los defectos o averías que produjere.

f) El solicitante estará obligado al pago de las tasas que se establecerán en la ordenanza fiscal correspondiente, así como al pago de la fianza que en esta se determine.

g) El interesado deberá facilitar a la Concejalía de Cultura el listado de los alumnos que desarrollen la actividad, indicando nombre, apellidos, teléfono de contacto y cualquier modificación en el alta o baja de la actividad.

6. Rescisión.—Son causas de finalización de la cesión de la Sala de Usos Múltiples:

— El impago de la tasa.

— El incumplimiento de las normas de utilización de la Sala de Usos Múltiples.

— La no presentación del seguro de responsabilidad civil.

En Cubas de la Sagra, a 15 de abril de 2011.—El alcalde, Federico Zarza Núñez.

(03/15.038/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110509-87