Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
04-04-2011

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110404-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SECRETARÍA DE GOBIERNO

85
Nombramiento juez paz sustituto Valdepiélagos

Don José Palazuelos Morlanés, secretario del Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Certifico: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior, en sesión celebrada en el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:

Veintisiete.—Nombramiento de juez de paz sustituto de Valdepiélagos.

Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Valdepiélagos en el que se propone el nombramiento de don José Manuel Calleja Pascual para el cargo de juez de paz sustituto, aprobado por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 1 de octubre de 2010, por seis votos a favor, que representa la mayoría absoluta del número legal.

Atendiendo a los criterios de la circular del Consejo General del Poder Judicial, de fecha 6 de octubre de 1993, con especial referencia al régimen de prohibiciones e incompatibilidades, y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

La Sala de Gobierno por unanimidad acuerda: nombrar juez de paz sustituto de Valdepiélagos a don José Manuel Calleja Pascual.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado decano de primera instancia e instrucción de Alcobendas, partido judicial al que pertenece, al señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de Valdepiélagos, al Juzgado de Paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación.

Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado, expido y firmo la presente en Madrid, a 17 de enero de 2011.—El secretario de Gobierno, José Palazuelos Morlanés.

(03/9.878/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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