Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 68

Fecha del Boletín 
22-03-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110322-249

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

EDICTO

249
Demanda 998 de 2010

Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria de lo social del número 35 de los de Madrid y su provincia.

Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancias de don Daniel Rebollo Nalda, contra “Andamios Pab, Sociedad Limitada”, y “Andamios Crim, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, registrado con el número 998 de 2010, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 629 de 2010

En Madrid, a 2 de noviembre de 2010.—Vistos por el ilustrísimo magistrado-juez de lo social del número 35 de los de Madrid, don José Antonio Capilla Bolaños, los presentes autos número D-998 de 2010, seguidos a instancias de don Daniel Rebollo Nalda, que comparece asistido de la letrada doña Cristina Redondo Pizarro, y de la otra, como demandadas, “Andamios Pab, Sociedad Limitada”, y “Andamios Crim, Sociedad Limitada”, que no comparecieron al acto de juicio, en reclamación sobre despido, en nombre del Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando como estimo en parte la demanda de despido formulada por don Daniel Rebollo Nalda, contra “Andamios Pab, Sociedad Limitada”, y “Andamios Crim, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro su improcedencia; al devenir imposible la readmisión, procede declarar extinguida la relación laboral a fecha de la presente resolución, con condena a “Andamios Crim, Sociedad Limitada”, al pago de una indemnización de 10.203,22 euros, correspondientes a ciento noventa y un días de salario, y en todo caso a los salarios de tramitación devengados desde el 28 de junio a 2 de noviembre de 2010, a razón de un salario día de 53,42 euros.

Se absuelve a “Andamios Pab, Sociedad Limitada”.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Andamios Crim, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 18 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.872/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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