Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
15-03-2011

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110315-95

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEAVERO

RÉGIMEN ECONÓMICO

95
Modificación artículo ordenanza subvenciones finalidades culturales

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 20 de diciembre de 2010, por el que se modifica el artículo 8, letra b), de la ordenanza municipal número 18, reguladora de las subvenciones para finalidades culturales, deportivas, docentes, juveniles, sanitarias, de ocio y de servicios sociales, cuyo texto se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

“Artículo 8. No serán subvencionables:

a) Las actividades subvencionadas por la Comunidad Autónoma u otros organismos.

b) La adecuación de locales o cualquier tipo de intervención de edificios, excepto aquellos que tengan un interés social y sean de uso público.

c) Adquisición de bienes muebles e inmuebles.”

Contra el presente acuerdo se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Valdeavero, a 24 de febrero de 2011.—El alcalde, Francisco Javier Quintana Gundín.

(03/7.666/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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