Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
30-12-2010

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101230-131

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Pleno del Ayuntamiento

Secretaría General

131
Modificación Ordenanza Fiscal Tasa Obtención Copias, Cartografía

Acuerdo del Pleno, de 22 de diciembre de 2010, por el que se aprueba la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Obtención de Copias, Cartografía, Fotografías y Microfilmes.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:

“Aprobar la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Obtención de Copias, Cartografía, Fotografías y Microfilmes, que figura como anexo del presente acuerdo y que, una vez publicado su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, entrará en vigor el 1 de enero de 2011”.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Seguidamente se procede a publicar íntegramente el texto aprobado de la modificación de la ordenanza.

ANEXO

Artículo único. Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Obtención de Copias, Cartografía, Fotografías y Microfilmes.—La Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Obtención de Copias, Cartografía, Fotografías y Microfilmes queda modificada como sigue:

Se modifican los epígrafes A) y B) del artículo 5, que quedan redactados del siguiente modo:

A) Obtención de fotocopias de documentos, copias de planos, de fichas, fotogramas y cartografía

1. Por la obtención de copias, en soporte papel, por fotocopia:

a) DIN A-4: 0,06 euros.

b) DIN A-4 color: 0,68 euros.

c) DIN A-3: 0,09 euros.

d) DIN A-3 color: 1,22 euros.

e) DIN A-3, papel fotográfico, blanco y negro: 4,07 euros.

f) DIN A-3, papel fotográfico, color: 5,11 euros.

g) DIN A-2, papel fotográfico, blanco y negro: 5 euros.

h) DIN A-2, papel fotográfico, color: 7 euros.

i) DIN A-1: 1,70 euros.

j) DIN A-1 color: 2,38 euros.

k) DIN A-1, papel fotográfico, blanco y negro: 6 euros.

l) DIN A-1, papel fotográfico, color: 10,23 euros.

m) DIN A-0: 2,73 euros.

n) DIN A-0 color: 5,31 euros.

ñ) DIN A-0, papel fotográfico, blanco y negro: 7,50 euros.

o) DIN A-0, papel fotográfico, color: 16,73 euros.

2. Por la obtención de copias, en soporte digital:

a) Cuando la naturaleza de los documentos solicitados lo permita, y siempre que la unidad administrativa encargada de prestar el servicio lo tenga previsto, las copias a que se refiere el apartado anterior podrán ser ofrecidas en soporte digital, conforme a las mismas tarifas, con una cuota mínima de 0,30 euros.

b) Cuando el uso de las copias anteriores conlleve, por autorizarse así por la Administración Municipal, un aprovechamiento económico directo, indirecto o diferido a favor del solicitante:

— Por cada megabyte (MB) que contenga (mínimo 1 MB): 1,50 euros.

3. Cartografía Vectorial de Madrid:

a) Cuando su uso no conlleve ningún tipo de aprovechamiento económico directo, indirecto o diferido:

— Por cada MB que contenga (mínimo 1 MB): 1,50 euros.

b) Cuando su uso conlleve, por autorizarse así por la Administración Municipal, un aprovechamiento económico directo, indirecto o diferido:

1. Para su difusión por Internet, por cada MB que contenga (mínimo 1 MB): 150 euros.

2. Para ediciones en papel o libro electrónico, por cada MB que contenga (mínimo 1 MB): 30 euros.

4. Vuelo fotogramétrico de Madrid:

a) Cuando su uso no conlleve ningún tipo de aprovechamiento económico directo, indirecto o diferido:

— Por cada fotograma: 1,00 euro.

b) Cuando su uso conlleve, por autorizarse así por la Administración Municipal, un aprovechamiento económico directo, indirecto o diferido:

1. Para su difusión por Internet, por cada fotograma: 5,98 euros.

2. Para ediciones en papel o libro electrónico, por cada fotograma: 1,20 euros.

5. Ortofotografía de Madrid:

a) Cuando su uso no conlleve ningún tipo de aprovechamiento económico directo, indirecto o diferido:

— Por cada MB que contenga (mínimo 5 MB): 0,20 euros.

b) Cuando su uso conlleve, por autorizarse así por la Administración Municipal, un aprovechamiento económico directo, indirecto o diferido:

1. Para su difusión por Internet, por cada MB que contenga (mínimo 1 MB): 2,08 euros.

2. Para ediciones en papel o libro electrónico, por cada MB que contenga (mínimo 1 MB): 0,42 euros.

6. Callejero Oficial de Madrid:

a) Cuando su uso no conlleve ningún tipo de aprovechamiento económico directo, indirecto o diferido:

— Por cada 1.000 registros (mínimo 1.000 registros): 3 euros.

b) Cuando su uso conlleve, por autorizarse así por la Administración Municipal, un aprovechamiento económico directo, indirecto o diferido:

1. Para su difusión en Internet, por cada 1.000 registros (mínimo 1.000 registros): 35 euros.

2. Para ediciones en papel o libro electrónico, por cada 1.000 registros (mínimo 1.000 registros): 7,06 euros.

Cuando los documentos a que se refieren los apartados 3, 4 y 5 de este epígrafe se soliciten en soporte papel serán de aplicación las tarifas recogidas en el apartado 1.

Para todas aquellas tarifas de los apartados 3 y 5 de este epígrafe se aplicará una reducción del 30 por 100 sobre la cuota resultante, cuando la solicitud comprenda la totalidad del término municipal.

B) Obtención de copias, fotografías y microfilmes

1. Por la obtención de negativos de microfilmes y fotografías digitales de los fondos bibliográficos de la Hemeroteca Municipal y otras dependencias culturales del Ayuntamiento de Madrid:

— Por cada negativo de microfilme en blanco y negro de 35 mm, con un mínimo de cinco negativos: 0,10 euros.

— Por fotografías digitales en soporte CD-ROM:

l Por cada imagen: 1,80 euros.

l Por cada CD-ROM: 1,10 euros.

2. Ampliación en papel corriente del negativo de microfilme:

— Tamaño DIN A-4 y DIN-A-3: 0,16 euros.

3. Ampliaciones fotográficas positivas a partir de negativos de microfilme:

— Tamaño 0,13 por 0,18: 2,38 euros.

— Tamaño 0,18 por 0,24: 3,41 euros.

— Tamaño 0,24 por 0,30: 4,15 euros.

4. Por la obtención de copias de los fondos de bibliotecas públicas municipales, para investigación y uso privado:

— Por impresión, cada página: 0,06 euros.

— Por disquete, cada unidad: 1,03 euros.

5. Por la obtención de fotografías, negativos y diapositivas del Archivo de la Villa:

— Diapositivas:

l Formato 35 milímetros: 6,25 euros.

l Medio formato 6 ´ 7 centímetros: 12,50 euros.

l Formato 10 ´ 13 centímetros: 33,34 euros.

— Fotografía digital:

l JPEG 16 Mpix (5 Mb aprox.): 6,25 euros.

l TIFF 16 Mpix (80 Mb aprox.): 10,42 euros.

Madrid, a 22 de diciembre de 2010.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/48.162/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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