Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
22-07-2010

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100722-126

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID NÚMERO 29

EDICTO

126
Procedimiento abreviado 363 de 2010

Doña Ana María Noriega Tamboleo, secretaria judicial del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento abreviado con el número 363 de 2010, a instancias de don Felipe Palomar Vallejo, contra Ayuntamiento de Madrid, en el que se ha acordado la notificación por medio del presente al expresado recurrente de la resolución de fecha 15 de junio de 2010, que es del tenor literal siguiente:

Providencia

Magistrado-juez, don Ángel Rubio del Río.—En Madrid, a 15 de junio de 2010.

El anterior escrito se tiene por presentado por don Felipe Palomar Vallejo, actuando en su propio nombre y derecho, únase a los autos de su razón, habiéndose subsanado los defectos expresados en providencia de fecha 3 de mayo de 2010, se tiene por formulada la demanda por dicho recurrente contra la resolución del Ayuntamiento de Madrid.

Se tiene por personado y parte en el presente procedimiento al expresado compareciente, con quien se entenderán las sucesivas actuaciones en el modo previsto por la Ley.

Examinada la demanda, se declara competente el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, así como este Juzgado para conocer del recurso.

Se admite a trámite la demanda, que se sustanciará por el procedimiento abreviado regulado en el artículo 78 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Dese traslado de la demanda a la Administración demandada, con entrega de copia de la misma y de los documentos acompañados.

Se convoca a las partes a una vista, que se celebrará el día 9 de mayo de 2012, a las nueve cuarenta y cinco horas de su mañana, en la Sala de audiencias de este Juzgado (Sala 0, planta baja).

Cítese a las partes para dicho acto, quedando citadas las mismas mediante entrega de la presente resolución, advirtiendo a la parte demandantede la que si no comparece se la tendrá por desistida del recurso, condenándola en costas, y a la parte demandada, caso de no comparecer, se celebrará la vista en su ausencia.

Ordénese a la Administración demandada que remita el expediente administrativo en la forma determinada en el artículo 48 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y, en todo caso, con una antelación, por lo menos, de quince días al día señalado para la vista; igualmente se ordena a dicha Administración que la resolución que dicte acordando la remisión del expediente deberá notificarla en el plazo de cinco días a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándolos para que puedan personarse como demandados en este recurso en el plazo de nueve días; la notificación deberá practicarse con arreglo a lo dispuesto en la ley que regula el procedimiento administrativo común.

Conforme a lo solicitado, fórmese pieza separada de medidas cautelares con testimonio de la demanda y de la presente resolución, y a tal fin, requiérase al órgano administrativo autor de la actuación impugnada para que en el plazo de cinco días alegue lo que estime pertinente sobre la medida cautelar solicitada (artículo 131 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), y firme que sea el auto resolutorio, llévese testimonio del mismo para su unión a estos autos.

Se acuerda la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del anuncio de interposición del presente recurso contencioso-administrativo en el que se concederán quince días para la personación de quienes tengan interés legítimo en sostener la conformidad a derecho de la disposición, acto o conducta impugnada a tenor de lo establecido en el artículo 47.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas en el presente procedimiento.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de súplica en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación.

Así lo acuerda, manda y firma su señoría. Doy fe.—El magistrado-juez, Ángel Rubio del Río (firmado y rubricado).—La secretaria judicial, Ana María Noriega Tamboleo (firmado y rubricado).

(03/26.111/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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