Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100218-197

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

197
Demanda 1.658 de 2009

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.658 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Emilio Santos Sánchez, contra don Francisco Nieto Fernández y “Carlos Nieto, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 18 de 2010

En Madrid, a 20 de enero de 2010.—Don Joaquín Castro Colás, magistrado-juez sustituto, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre don Emilio Santos Sánchez, como demandante, y “Carlos Nieto, Sociedad Anónima” y don Emilio Santos Sánchez, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Emilio Santos Sánchez, contra don Francisco Nieto Fernández, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de don Emilio Santos Sánchez, acordado con efectos del día 23 de octubre de 2009, así como se declara resuelta la relación laboral mantenida por ambas partes, condenando a los demandados don Francisco Nieto Fernández y “Carlos Nieto, Sociedad Anónima”, a que, solidariamente, indemnicen al actor en la cantidad de 64.713,60 euros, correspondientes a cuarenta y cinco días de salario por cada año de servicio prestado por el trabajador, computados desde el día 18 de junio de 1967, hasta la fecha de la presente resolución, 20 de enero de 2009, así como al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido que se declara improcedente hasta la fecha de la presente sentencia a razón de 51,36 euros brutos diarios, lo que arroja una cuantía total de 4.571,04 euros.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Francisco Nieto Fernández y “Carlos Nieto, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.646/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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