Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-10-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091012-0081

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 24
DE MADRID

EDICTO

Don Juan Pablo González del Pozo, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos sobre juicio verbal de guardia y custodia bajo el número 1.507 de 2004, a instancias de doña Magdalena Mesi Makoli, contra don Cristóbal Bilekera Medewe, que se halla en ignorado paradero, en cuyos autos se ha dictado sentencia en fecha 15 de febrero de 2006, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña Magdalena Mesi Makoli, representada por la procuradora doña Virginia Rosa Lobo Ruiz y defendida por la letrada doña María Cristina Hernández Cobeño, contra don Cristóbal Bilekera Medewe, en situación procesal de rebeldía, debo acordar y acuerdo en relación con los menores Cecilia, Cristóbal y Francisco Bilekera Mesi la adopción de las siguientes medidas:

1.  Se atribuye la guarda y custodia de los hijos menores de ambos litigantes a la madre, doña Magdalena Mesi Makoli, así como el ejercicio exclusivo de las funciones inherentes a la patria potestad sobre los mismos.

2.  No ha lugar a fijar un régimen de visitas, comunicaciones y estancias de los hijos menores con el progenitor no custodio, el padre, sin perjuicio de lo señalado en el fundamento jurídico segundo de esta re­solución.

3.  No ha lugar a fijar pensión alimenticia para los tres hijos menores a cargo de su padre, sin perjuicio de lo señalado en el fundamento jurídico tercero de esta resolución.

No se hace especial condena de las costas procesales a ninguna de las partes dada la naturaleza de los intereses públicos que se protegen en este tipo de procesos.

Notifíquese esta sentencia al demandado rebelde, que se encuentra en paradero desconocido, por medio de edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de Madrid, conforme previene el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000.

Al notificar esta sentencia a las partes, hágaseles saber que contra la misma podrán interponer, en el plazo de cinco días, recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 455 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por el señor magistrado-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a la referida parte demandada, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo el presente en Madrid, a 23 de julio de 2009.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de primera instancia (firmado).

(03/30.903/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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