Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
08-06-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090608-0149

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 12 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.141 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Leila Salah, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Fondo de Garantía Salarial, “Psicogeriátrico El Manantial, Sociedad Limitada Laboral”, y “Fremap”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la providencia de ampliación de fecha 13 de mayo de 2009 siguiente:

Se tiene por ampliada la demanda contra “Fremap”, y en consecuencia, cítese a las partes, en única convocatoria, para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, señalándose para tales actos la audiencia del día 10 de septiembre de 2009 a las once y cuarenta horas de su mañana, en la Sala de vistas de este Juzgado, sito en Madrid, calle Hernani, número 59, tercero. Hágase entrega a la demandada contra la que se ha ampliado la demanda de copia de la demanda presentada y resto de los documentos, advirtiendo a las partes lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Psicogeriátrico El Manantial, Sociedad Limitada Laboral”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.634/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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