Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090603-0202
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AYUNTAMIENTOS Tribunal Superior de Justicia de Madrid Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha SALA DE LO SOCIAL EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En las actuaciones número 789 de 2008 seguidas ante la Sección Primera de la Sala de lo social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanante de los autos de recurso de suplicación número 358 de 2007 del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara, promovidos por “Hidrat Elevación y Pesaje, Sociedad Limitada”, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y don Stefka Kamenova Vladimirova, sobre Seguridad Social, con fecha 23 de marzo de 2009 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la empresa “Hidrat Elevación y Pesaje, Sociedad Anónima”, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara de fecha 21 de diciembre de 2007, en autos número 358 de 2007, sobre recargo por falta de medidas de seguridad, debemos confirmar la indicada resolución. Notifíquese la presente resolución y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete), haciéndoles saber que contra la misma únicamente cabe recurso de casación para la unificación de doctrina que se preparará por escrito ante esta Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete) dentro de los diez días siguientes a la notificación de la sentencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 219 y 228 de la Ley de Procedimiento Laboral. La consignación del importe de la condena deberá acreditarse, cuando proceda, por la parte recurrente que no goce del beneficio de justicia gratuita ante esta Sala al tiempo de preparar el recurso presentando resguardo acreditativo de haberla efectuado en la cuenta corriente número 0044/0000/66/0789/08 que esta Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete) tiene abierta en el “Banco Español de Crédito”, oficina número 3001, sita en la calle Marqués de Molins, número 13 de Albacete, pudiéndose sustituir dicha consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista, debiendo, igualmente, la parte recurrente que no ostente la condición de trabajador o causahabiente suyo, o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o se trate del ministerio fiscal, Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales, los organismos dependientes de todas ellas y quienes tuvieren reconocido el beneficio de justicia gratuita, consignar como depósito la cantidad de 300 euros que deberá ingresar en la cuenta número 2410 del “Banco Español de Crédito”, sucursal de la calle Barquillo, número 49 (clave oficina 1006), de Madrid, que tiene abierta la Sala Cuarta de lo Social del Tribunal Supremo, debiendo hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría de dicha Sala Cuarta del Tribunal Supremo al tiempo de personarse en ella. Se advierte a la parte recurrida en ignorado paradero que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Y para que sirva de notificación y advertencia en forma a don Stefka Kamenova Vladimirova, cuyo último domicilio conocido lo fue en plaza de San Francisco, número 5, quinto A, de Alcalá de Henares (Madrid), actualmente en ignorado paradero, se expide el presente edicto en Albacete, a 7 de mayo de 2009.—El secretario (firmado). (03/16.646/09) |

