Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-01-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090119-0098

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 6
DE MAJADAHONDA

EDICTO

Doña Yolanda Caballero Martín, secretaria del Juzgado de primera instancia número 6 de Majadahonda.

Hace saber: Que en los autos de procedimiento ordinario número 578 de 2006, seguidos ante este Juzgado, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

Majadahonda, a 22 de julio de 2008.—Vistos por doña María del Sagrario Herrero Enguita, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 6 de Majadahonda, los anteriores autos número 578 de 2006, sobre reclamación de cantidad, a instancias de “Newport, GMBH”, representada por la procuradora doña Esther Pérez-Cabezos y Gallego y asistida por la letrada doña María Teresa Cabeza Sanz, contra “Innova Instrumentación, Sociedad Limitada”, rebelde.

Fallo

Estimando la demanda formulada por la procuradora doña Esther Pérez-Cabezos y Gallego, en nombre y representación de “Newport, GMBH”, contra “Innova Instrumentación, Sociedad Limitada”, rebelde, condeno a esta última a que abone a la actora la cantidad de 140.713,02 euros de principal, intereses legales desde la fecha de presentación de la demanda y costas del juicio.

Notifíquese a la demandada rebelde en la forma prevista en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Contra la presente resolución cabe preparar recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días a partir del siguiente a su notificación.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a “Innova Instrumentación, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, extiendo el presente en Majadahonda, a 22 de julio de 2008.—La secretaria (firmado).

(02/52/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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