Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090120-0245
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS BREA DE TAJO RÉGIMEN ECONÓMICO El Pleno Municipal, en sesión de 18 de diciembre de 2008, acordó por unanimidad de sus miembros asistentes (siete de los que legalmente componen esta Corporación) modificar la siguiente ordenanza fiscal. Ordenanza reguladora número 11. Piscinas e instalaciones deportivas. Ordenanza reguladora número 13. Puestos y barracas. Esta modificación se basa principalmente en el incremento de las tarifas. En la Secretaría municipal se halla expuesto al público el acuerdo provisional de modificación de las ordenanzas indicadas anteriormente que tendrá carácter definitivo transcurrido el plazo sin haberse presentado reclamación alguna. Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 151.1 de la Ley 39/1988, y por motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 151, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites: a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. b) Oficina de presentación: Registro Central. c) Órgano ante el que se reclama: el Pleno del Ayuntamiento. Brea de Tajo, a 19 de diciembre de 2008.—El alcalde, Rafael Barcala Gómez. (03/1.080/09) |

