Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
03-11-2026

Sección 1.2.108.27: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20261103-27

Páginas: 11


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

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RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se resuelve el concurso de traslados voluntario a plazas de personal estatutario de la categoría de Técnico Superior Especialista en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear del Servicio Madrileño de Salud.

Mediante Resolución de 13 de junio de 2025, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 154, de 30 de junio), convocó concurso de traslados voluntario a plazas de personal estatutario de la categoría de Técnico Superior Especialista en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear del Servicio Madrileño de Salud.

Por Resolución de 3 de julio de 2026 de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, se aprobó la adjudicación provisional del concurso, que fue publicada el 15 de julio de 2026 en la página web de la Comunidad de Madrid www.comunidad.madrid/servicios/salud/concurso-traslados-servicio-madrile... y en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid https://sede.comunidad.madrid/ . Finalizado el plazo de reclamaciones y fijada la puntuación definitiva de las personas participantes, de conformidad con lo dispuesto en la base 9.3 de la convocatoria, procede la publicación de la Resolución definitiva del concurso.

Por ello, esta Dirección General en uso de las competencias que tiene atribuidas en el artículo 7 del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud,

RESUELVE

Primero

Aprobación y publicación de la relación definitiva de adjudicación de plazas

Aprobar y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la página web de la Comunidad de Madrid www.comunidad.madrid/servicios/salud/concurso-traslados-servicio-madrile... y a través de la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid https://sede.comunidad.madrid/ la relación definitiva de adjudicación de plazas en el concurso de traslados convocados en la categoría de Técnico Superior Especialista en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear del Servicio Madrileño de Salud, que figura como Anexo a esta Resolución.

La publicación de esta Resolución definitiva, sirve de notificación a los interesados, así como de contestación a quienes formularon reclamaciones en el plazo que abrió la resolución provisional a estos efectos, tanto en sentido estimatorio como desestimatorio. Esta Resolución considera también las renuncias manifestadas por los interesados, que, en el plazo previsto para ello, han desistido de su participación en el concurso.

Segundo

Cese y toma de posesión

Las personas adjudicatarias deberán efectuar el cese y la toma de posesión de las plazas obtenidas en los términos, plazos y condiciones establecidos en la base décima de la convocatoria.

De conformidad con la base 10.1 de la convocatoria, los concursantes que obtengan plaza deberán cesar en la que, en su caso, desempeñen, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se publique la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de los supuestos excepcionales previstos en la citada base.

La toma de posesión deberá efectuarse dentro de los plazos previstos en la citada base décima, atendiendo a la situación administrativa de la persona adjudicataria y a las circunstancias concurrentes en cada supuesto.

Sin perjuicio de lo dispuesto en la base décima de la convocatoria, el cese y la toma de posesión de los adjudicatarios se regirán por las siguientes reglas:

a) Adjudicatarios que continúan en servicio activo y no cambian de centro de trabajo: la toma de posesión deberá efectuarse el mismo día del cese.

b) Adjudicatarios que continúan en servicio activo y obtienen destino en otro centro del mismo Servicio de Salud: la toma de posesión deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al cese.

c) Adjudicatarios que obtienen destino en un Servicio de Salud distinto de aquel en el que prestan servicios: la toma de posesión deberá efectuarse dentro del plazo de un mes contado desde el cese.

d) Adjudicatarios que encuentren en situación de reingreso provisional o en comisión de servicio y obtenga esa misma plaza de forma definitiva en el concurso de traslados: el cese y la toma de posesión tendrán lugar de forma simultánea.

e) Adjudicatarios que encuentren en comisión de servicio en un centro distinto del que obtiene la plaza, pero dentro del Servicio Madrileño de Salud: tomará posesión del nuevo destino dentro de los tres días siguientes a contar desde el día del cese en la plaza de origen.

f) Adjudicatarios para los que la obtención de plaza supone el reingreso al servicio activo: la toma de posesión deberá efectuarse dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

g) Adjudicatarios que se encuentren en una situación administrativa con derecho a reserva de plaza: causará baja en su puesto de origen dentro del plazo establecido, y podrá optar dentro del plazo posesorio, por incorporarse a la plaza adjudicada poniendo fin a la situación que dio lugar a la reserva de plaza o mantenerse en dicha situación, debiendo solicitar a la institución de destino la oportuna reserva de la plaza adjudicada.

h) Adjudicatarios en situación de incapacidad temporal, disfrute de permisos por nacimiento y cuidado de menor, adopción, acogimiento o en cualquier otra situación administrativa especial: el cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalice el permiso o licencia que, en su caso, haya sido concedido al interesado, salvo que por causas justificadas se acuerde suspender el disfrute de los mismos. Asimismo, y en los supuestos de Incapacidad Temporal, este plazo se iniciará cuando el interesado sea dado de alta médica.

De conformidad con la base 10.7 de la convocatoria, excepto cuando la resolución del concurso implique el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión tendrá la consideración de servicio activo, percibiéndose los correspondientes haberes con cargo a la plaza de destino.

En todo caso, el cese y la toma de posesión se regirán por lo establecido en la base décima de la convocatoria, que resultará de aplicación íntegra para cualquier supuesto no expresamente contemplado en la presente resolución.

Tercero

Efectos de la falta de incorporación

De conformidad con lo dispuesto en la base décima de la convocatoria y en el artículo 37.5 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular quien, habiendo obtenido plaza en el presente concurso, no se incorpore al destino adjudicado dentro de los plazos establecidos o de las prórrogas legalmente procedentes.

A estos efectos, en el supuesto de personal estatutario de otro Servicio de Salud que habiendo participado en el concurso de traslados convocado no se incorpore al destino obtenido dentro del plazo establecido o, en su caso, de la prórroga concedida, desde la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud se comunicará tal incidencia al Servicio de Salud de origen del profesional.

No obstante, si existen causas suficientemente justificadas, así apreciadas por la autoridad convocante, previa audiencia del interesado, podrá dejarse sin efecto dicha situación. En tal caso el interesado deberá incorporarse a su nuevo destino tan pronto desaparezcan las causas que en su momento lo impidieron.

Cuarto

Recursos

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Sanidad y Dirección General del SERMAS en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses a través del siguiente enlace https://sede.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurso-a...

Madrid, a 15 de octubre de 2026.—El Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Miguel Ángel Rodríguez Roiloa.















(03/17.145/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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