Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 260

Fecha del Boletín 
29-10-2026

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20261029-91

Páginas: 7


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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San Fernando de Henares. Organización y funcionamiento. Ordenanza

Por acuerdo del Pleno, de fecha 18 de junio de 2026, se aprobó definitivamente la Ordenanza Reguladora de Uso de Espacios Culturales Municipales de San Fernando de Henares, lo que se publica a efectos de los artículos 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

ACUERDO

Primero.—Desestimar la Alegación presentada por Jesús Fernández Guinea, en nombre de la Asociación Vecinal Jarama, con Número de entrada E2025003311, de fecha 26/3/2025, por los motivos y circunstancias que constan en el Informe sobre el estado del proceso de la aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de uso de los espacios culturales municipales, emitido por la Coordinadora de Cultura con fecha 10 de marzo de 2026, que obra en el Antecedente Cuarto de la presente Propuesta, debido a que solicita el mantenimiento de un régimen excepcional de cesiones (dos usos anuales del Teatro Municipal) en atención a la naturaleza benéfica de sus actividades.

No procede su estimación por cuanto la Ordenanza tiene carácter general y no puede establecer excepciones singulares para entidades concretas, debiendo garantizarse los principios de igualdad, objetividad y no discriminación entre todos los solicitantes.

Segundo.—Estimar parcialmente la Alegación presentada con Número de Entrada E2025003726, de fecha 4/4/2025, por D.a Ana Isabel Luque Morales, en representación del Partido Más Madrid por los motivos y circunstancias que constan en el Informe sobre el estado del proceso de la aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de uso de los espacios culturales municipales, emitido por la Coordinadora de Cultura con fecha 10 de marzo de 2026, que obra en el Antecedente Cuarto de la presente Propuesta, dado que se estima de dicha Alegación aquellos extremos de carácter formal que no alteran el fondo de la Ordenanza y que, en su caso, puedan mejorar la claridad normativa (como la referencia a supuestos de fuerza mayor), siempre que sean conformes a la normativa jurídica aplicable. Desestimar el resto de consideraciones, al tratarse de valoraciones políticas, apreciaciones subjetivas o cuestiones jurídicas ajenas al ámbito del informe técnico, así como materias reguladas por normativa superior (procedimiento administrativo, derechos fundamentales, ordenanzas fiscales).

Tercero.—Desestimar las Alegaciones presentadas con Número de Entrada E2025004211, de fecha 21/4/2025, por la Asociación Cultural Starlight por los motivos y circunstancias que constan en el Informe sobre el estado del proceso de la aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de uso de los espacios culturales municipales, emitido por la Coordinadora de Cultura con fecha 10 de marzo de 2026, que obra en el Antecedente Cuarto de la presente Propuesta, pues la Alegación plantea el mantenimiento de condiciones específicas de cesión en atención a la trayectoria y especialización artística de la entidad. No procede su estimación al implicar la creación de un régimen diferenciado para una entidad o tipo de entidades, cuestión que excede del ámbito técnico y requiere una decisión de carácter político y normativo de alcance general, no prevista en la modificación sometida a aprobación.

Cuarto.—Aprobar definitivamente la Modificación de la Ordenanza Reguladora de Uso de los Espacios Culturales Municipales del Ayuntamiento de San Fernando de Henares e incorporar las alegaciones admitidas.

Quinto.—Publicar el texto íntegro de la Ordenanza en el Reglamento en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.











San Fernando de Henares, a 21 de octubre de 2026.—El concejal de Promoción de la Ciudad, Cultura y Archivo, Pablo Sanz.

(03/17.135/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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