Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255

Fecha del Boletín 
26-10-2026

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20261026-99

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SOTO DEL REAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

99
Soto del Real. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de subvenciones a ayudas económicas a las familias de Soto del Real con hijos o hijas escolarizados, en cualquier Universidad o Centro de Formación Profesional, que cursen enseñanzas públicas o concertadas, no privadas del curso 2024-2025.

BDNS (Identif.): 936093

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Beneficiarios.—Las familias de Soto del Real con hijos o hijas escolarizados, en cualquier Universidad o Centro de Formación Profesional, que cursen enseñanzas públicas o concertadas, no privadas del curso 2024-2025.

Segundo. Objeto.—El objeto de este proyecto es regular la concesión de ayudas económicas a las familias de Soto del Real con hijos o hijas escolarizados, en cualquier Universidad o Centro de Formación Profesional, que cursen enseñanzas públicas o concertadas, no privadas del curso 2024-2025.

Tercero. Bases Reguladoras.—Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Soto del Real (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 17, de 21 de enero de 2021).

Cuarto. Cuantía.—7.500,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Quince días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Soto del Real, a 19 de octubre de 2026.—La alcaldesa-presidenta, Noelia Barrado Olivares.

(03/16.967/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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