Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
09-10-2026

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20261009-87

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE DAGANZO DE ARRIBA

RÉGIMEN ECONÓMICO

87
Daganzo de Arriba. Régimen económico. Ordenanza

El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo, en sesión ordinaria celebrada, el día 23 de septiembre de 2026, acordó la modificación de la ordenanza fiscal F-1 reguladora de la determinación de la cuota tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.

Daganzo de Arriba, a 1 de octubre de 2026.—El alcalde-presidente, Manuel Jurado Marrufo.

(03/15.974/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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