Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
09-10-2026

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20261009-101

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

101
San Martín de Valdeiglesias. Organización y funcionamiento. Modificación retribuciones

Por acuerdo del Pleno de fecha 30 de septiembre de 2026, se modificaron las retribuciones de los miembros de la corporación lo que se publica a los efectos del artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

«(…) Primero.—Establecer a favor de D.a Tamara González Berrueco que desempeña sus cargos en régimen de dedicación parcial, las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda:

— D.a Tamara González Berrueco percibirá una retribución anual bruta de veintiséis mil ciento treinta y seis euros con treinta y dos céntimos (26.136,32 euros).

Las retribuciones establecidas en el presente apartado tendrán efectos económicos con carácter retroactivo desde el día 19 de junio de 2026, fecha en la que, mediante Decreto de Alcaldía n.o 2026-1846, de 19 de junio de 2026, D.a Tamara González Berrueco asumió las competencias delegadas en las materias de Digitalización y Nuevas Tecnologías, Comercio, Sanidad y Telecomunicaciones, tras la revocación de las competencias que venía ejerciendo D.a Gloria Lucía Durán Bravo.

En consecuencia, se procederá a regularizar las cantidades que correspondan desde dicha fecha hasta la efectiva percepción de las retribuciones, con los efectos administrativos, económicos y de cotización a la Seguridad Social que legalmente procedan.

Segundo.—Las retribuciones mencionadas en el punto primero del presente Acuerdo serán incrementadas anualmente, con efectos desde cada uno de enero, en el mismo porcentaje que las sucesivas leyes de Presupuestos Generales del Estado fijen como límite máximo del incremento de la masa salarial global para el correspondiente ejercicio.

Tercero.—Publicar de forma íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el Acuerdo del Pleno, a los efectos de su general conocimiento. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://sanmartindevaldeiglesias.sedelectronica.es ).

Cuarto.—Notificar dicho Acuerdo a los interesados y al Servicio de personal e intervención para su conocimiento y efectos».

En San Martín de Valdeiglesias, a 1 de octubre de 2026.—La alcaldesa, Aránzazu Povedano Fraguela.

(03/15.915/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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