Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 232

Fecha del Boletín 
29-09-2026

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260929-34

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

34
Alcorcón. Régimen económico. Calendario fiscal

Resultando que por Decreto número 2025/9824, de la alcaldesa-presidenta de 19/12/2025 se procedió la aprobación del calendario fiscal de cobro en voluntaria de los tributos de devengo periódico, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de enero de 2026, núm. 6.

Considerando el acuerdo 18/148 adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión de 21/04/2026 tomando conocimiento de la situación planteada por la tramitación de los recursos interpuestos por la liquidación del padrón de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios de recogida y tratamientos de residuos de competencia local del año 2025, y los problemas generados en la resolución de los mismos y su posible afectación en el padrón de 2026, tras los oportunos informes se emitió el Decreto de la alcaldesa-presidenta número 2026/3441, de 28/4/2026, relativo a la modificación del calendario de cobro de los tributos municipales de carácter periódico del año 2026 acordado por Decreto de 19 de diciembre de 2025, número 2025/9824, modificando el apartado Primero de dicho Decreto, y estableciéndolo el período voluntario de cobro de la tasa por prestación del servicio de recogida de residuos de competencia local , en el comprendido entre el 1 de octubre de 2026 y el 31 de julio de 2027.

Resultando que se apreciado en error en el período anterior, conforme se acredita en los diferentes documentos que obran en el expediente, correspondiéndose el mismo entre el 1 de diciembre de 2026 y el 31 de julio de 2027.

Resultando que por la Concejala Delegada de Hacienda y Contratación se ha puesto de manifiesto el mantenimiento de las circunstancias excepcionales que concurren en la liquidación del Padrón de la tasa de residuos de 2026, unido a la situación procesal que presenta la impugnación ante la jurisdicción contencioso-administrativa de la Ordenanza Fiscal reguladora de la misma y a las circunstancias que han sobrevenido a lo largo de los últimos meses, correspondiente al ejercicio de 2025, resolviendo solicitar a la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de Alcorcón, JRREEAA (Tribunal Económico-Administrativo en la actual denominación del Reglamento Orgánico Municipal) un informe sobre el posible desplazamiento del período voluntario del cobro de la tasa en cuestión, atendiendo a las funciones que la atribuye su Reglamento Orgánico, junto con las previsiones del artículo 137 de la Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases Reguladoras del Régimen Local.

Considerando que la JRREEAA, mediante acuerdo adoptado por unanimidad de sus miembros en sesión celebrada el 23/09/2026, ha emitido el informe favorable, determinando la viabilidad jurídica de establecer el período voluntario ordinario de la tasa correspondiente a 2026, entre el 15 de junio y el 15 de agosto de 2027, y que tal modificación no generará intereses de demora ni recargos por el mero hecho de realizarse en un ejercicio posterior del devengo, pues el Ayuntamiento no incumple su obligación de exigirlos, aprobando el padrón de la tasa observando lo dispuesto por el artículo 102 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y el artículo 30 de la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de los Ingresos Propios de Derecho Público del Ayuntamiento de Alcorcón, siempre que se justifiquen y documenten las circunstancias excepcionales, se justifiquen las fechas, se evalúen las consecuencias financieras y se concrete su coordinación con el Sistema Especial de Pagos.

Considerando que el coordinador general de Organización Interna ha emitido con fecha 24/9/2026 la memoria Justificativa a la que hace referencia el informe de la JRREEAA.

Considerando el informe favorable emitido por la Asesoría Jurídica Municipal, con fecha 25/9/2026 manteniendo las mismas consideraciones jurídicas establecidas por la JRREEAA en su informe al integrarse su Titular en la misma, asumiendo las funciones de Secretaria de este órgano, y valorando que los términos de la Memoria justificativa del coordinador general se adecuan y desarrollan a las previsiones del informe emitido por la JRREEAA Y en virtud de lo dispuesto en las normas tributarias aplicables y especialmente en aplicación del art. 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y el art. 33.2 de la actual Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de los Ingresos propios de Derecho Público, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 10 de enero de 2025,

RESUELVO

Primero.—Modificar el calendario fiscal aplicable a los recibos de notificación colectiva y periódica de la tasa de residuos correspondiente al ejercicio 2026, estableciendo su período voluntario ordinario de ingreso desde el 15 de junio hasta el 15 de agosto de 2027, ambos inclusive. Por ser inhábil la fecha final, el vencimiento se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, conforme al artículo 30.5 de la LPAC y al calendario de días inhábiles aplicable.

Segundo.—Mantener el cargo de los recibos ordinarios domiciliados el 30 de junio de 2027. La presente modificación no altera por sí misma el régimen del Sistema Especial de Pagos ni los vencimientos de las liquidaciones de ingreso directo no comprendidas en su ámbito. Los servicios municipales asegurarán la correcta aplicación de las cantidades previamente satisfechas y la ausencia de duplicidades.

Tercero.—Mantener la tramitación, aprobación y notificación del padrón de 2026 conforme a su régimen propio, sin alteración de los plazos de impugnación ni de la identificación presupuestaria de los derechos que proceda reconocer.

Cuarto.—Visto el error material respecto al cargo de la última cuota para aquellos contribuyentes acogidos al Sistema Especial de Pagos (Aplaza 6), en aplicación al art. 57 de la Ordenanza Fiscal de Gestión, Recaudación e Inspección, la fecha de cargo de esta será el 5 de noviembre de 2026, siendo su importe determinado por el resultado de la diferencia entre lo pagado en las cinco primeras cuotas y lo que se hubiese pagado por el procedimiento o plazos ordinarios; aplicándose a esta última cuota el 5 % de bonificación contemplada en el “Aplaza 6”.

Quinto.—Ordenar la publicación de la modificación y del correspondiente anuncio de cobranza en el Boletín oficial de la Comunidad de Madrid y en el tablón municipal, así como su comunicación a los servicios y entidades colaboradoras responsables de su ejecución.

En Alcorcón, a 28 de septiembre de 2026.—La alcaldesa-presidenta, Candelaria Testa Romero.

(01/15.597/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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