Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 227

Fecha del Boletín 
23-09-2026

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260923-71

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO

URBANISMO

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Navalcarnero. Urbanismo. Proyecto urbanístico

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de agosto de 2026, adoptó, por delegación del alcalde-presidente según resolución de 7 de octubre de 2025, entre otros los siguientes acuerdos.

Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente el Proyecto de Reparcelación referido al ámbito de actuación del Sector II-6 “Barrio Caño Viejo” del Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Navalcarnero promovido por la Junta de Compensación del citado ámbito.

Segundo.—Someter el Proyecto de Reparcelación al trámite de información pública durante el plazo de veinte (20) días contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y anunciarlo, asimismo, por medios telemáticos, en el tablón de anuncios y en uno de los periódicos de mayor circulación de la Comunidad de Madrid, así como notificarlo individualmente a la Junta de Compensación del Sector II-6, propietarios e interesados, de conformidad con lo previsto en los artículos 86, 87 y 88 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid en relación con el artículo 101 y siguientes del Reglamento del Gestión Urbanística de 1978.

Tercero.—La Junta de Compensación del Sector II-6 “Barrio Caño Viejo” deberá solicitar al registrador de la propiedad que practique la nota al margen de cada finca afectada expresando la iniciación del procedimiento de reparcelación y expida, haciéndolo constar en la nota, certificación de dominio y cargas de todas las fincas incluidas en la reparcelación, conforme a lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de naturaleza urbanística.

Cuarto.—Facultar al sr. alcalde-presidente para la firma de cuantos documentos sean precisos para la ejecución de los presentes acuerdos.

Lo que se somete a información pública, para que puedan personarse en el expediente y formular cuantas alegaciones estimen oportunas, durante el plazo de veinte (20 días), a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 86, 87 y 88 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid en relación con el artículo 101 y siguientes del Reglamento del Gestión Urbanística de 1978.

Navalcarnero, a 25 de agosto de 2026.—El alcalde-presidente, José Luis Adell Fernández.

(02/14.239/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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