Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 223

Fecha del Boletín 
18-09-2026

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260918-7

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

7
RESOLUCIÓN de 7 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en el proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Inspectores de Hacienda, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1 de la Comunidad de Madrid, se publica la relación definitiva de personas excluidas y se anuncia la celebración del primer ejercicio de la oposición.

Mediante Orden 1071/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 102, de 30 de abril), se convocaron pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Inspectores de Hacienda, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

Posteriormente, se publica la Resolución de 24 de febrero de 2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en el proceso selectivo para el ingreso en el citado cuerpo y se publica la relación provisional de personas excluidas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 58, de 10 de marzo de 2026).

Asimismo, mediante Resolución de 10 de marzo de 2026 de la Dirección General de Función Pública, se hizo pública la composición del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 67 de 20 de marzo de 2026).

En virtud de cuanto antecede, una vez transcurrido el plazo habilitado para la subsanación de defectos de las solicitudes de participación y efectuadas las comprobaciones pertinentes, este centro directivo, de conformidad con lo establecido en la base novena apartado cuarto de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 163, de 10 de julio),

RESUELVE

Primero

Aprobar las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en las referidas pruebas selectivas, que se podrán consultar a través del buscador de trámites de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, al se puede acceder desde el siguiente enlace:

https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/inspector-hacienda

Igualmente, a efectos meramente informativos, dichas relaciones se encontrarán disponibles en la página web:

https://www.comunidad.madrid/empleo/inspectores-hacienda-a1-2025

Segundo

Publicar como Anexo a la presente Resolución, la relación definitiva de personas aspirantes excluidas en el reseñado proceso selectivo.

Tercero

La inclusión en la relación definitiva de personas admitidas al proceso selectivo no supone, en ningún caso, el reconocimiento por parte de la Administración de que las mismas reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la orden de convocatoria. La acreditación y verificación de estos tendrá lugar, para aquellas personas que superen el proceso selectivo, tal y como se indica en el apartado segundo de la base duodécima de la 1071/2025, de 24 de abril.

Cuarto

Convocar a las personas aspirantes admitidas para la realización del primer ejercicio de la oposición, que se celebrará, según lo acordado por el referido tribunal calificador, el día 29 de octubre de 2026, a las 16:00 horas, en la Sede de la Comisión Permanente de Selección sita en Calle Rafael Calvo 9, 28010 Madrid, y se desarrollará conforme a lo dispuesto en la base octava, apartado 3.1 de la citada Orden 1071/2025, de 24 de abril.

El llamamiento será único para todas las personas participantes admitidas, siendo excluidas del proceso selectivo quienes no comparezcan al mismo, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio y en los de fuerza mayor acaecidos el día de su celebración, debiendo el citado tribunal adoptar resolución motivada a tal efecto.

Quinto

No se permitirá el acceso a los exámenes a las personas aspirantes que no figuren en las respectivas relaciones definitivas de admitidas a los expresados procesos selectivos, las cuales son objeto de aprobación mediante la presente Resolución.

Las personas admitidas habrán de presentar, inexcusablemente, el original de su documento nacional de identidad, en soporte físico o digital, en su versión “DNI completo”, carné de conducir o pasaporte, únicos documentos válidos para acreditar su identidad.

En caso de presentar el documento nacional de identidad en soporte digital la identificación de las personas admitidas quedará supeditada al correcto funcionamiento de los dispositivos móviles, a la disponibilidad de conexión a internet y al acceso en tiempo real a los sistemas de verificación de la Dirección General de la Policía.

No se permitirá el acceso a los exámenes a las personas que no presenten alguno de los anteriores documentos originales, salvo en los casos en que concurran provistas de un documento oficial que acredite su sustracción o pérdida. En este supuesto, la corrección del correspondiente ejercicio realizado por la persona aspirante quedará supeditada a la posterior comprobación de su identidad por parte del Órgano de Selección.

Durante todo el tiempo de duración de las pruebas, no se permitirá la utilización de ningún dispositivo electrónico, como ordenador portátil, tablet, reloj inteligente, teléfono móvil, o cualquier otro dispositivo que permita la recepción de señales de comunicación, por lo que la obligación de las personas admitidas de mantener sobre la mesa durante el desarrollo de las pruebas el documento identificativo, requerirá que éste necesariamente sea en formato físico.

Igualmente, para la realización de cada ejercicio, las personas participantes deberán ir provistas de bolígrafo azul o negro.

Sexto

Se hará pública, a través de los medios indicados en el apartado primero, la relación de aspirantes que han solicitado adaptación para la realización del primer ejercicio de la oposición, con indicación de la concesión o denegación de la misma y, en este último caso, se procederá a la notificación individualizada de las causas de denegación.

Séptimo

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de septiembre de 2026.—La Directora General de Función Pública, P. D. F. (Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Elisa Moreno Bernis.



(03/14.539/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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