Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 222

Fecha del Boletín 
17-09-2026

Sección 1.2.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260917-8

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

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ORDEN de 3 de septiembre de 2026, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se deja sin efecto parcialmente la Orden de 25 de agosto de 2026 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de septiembre), de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocaban puestos de trabajo para su provisión por el sistema de Libre Designación.

Efectuada convocatoria pública para la provisión por el procedimiento de Libre Designación de los puestos de trabajo n.o 95640, denominado “Técnico de Apoyo”, y n.o 95641, denominado “Técnico de Apoyo”, mediante la Orden de 25 de agosto de 2026 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de septiembre), de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y a la vista del oficio de la Dirección General Evaluación, Calidad e Innovación en el que se solicita dejar sin efecto la convocatoria del puesto n.o 95641, denominado “Técnico de Apoyo”, por razones de naturaleza organizativa del citado Centro Directivo,

DISPONGO

Primero

Dejar sin efecto la convocatoria del puesto n.o 95641, denominado “Técnico de Apoyo”, convocado por Orden de 25 de agosto de 2026 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de septiembre) de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocaban los puestos n.o 95640 y n.o 95641, para su provisión por el sistema de Libre Designación en la referida Consejería.

Segundo

Mantener la vigencia de la convocatoria en lo que se refiere a la convocatoria del puesto n.o 95640.

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, a 3 de septiembre de 2026.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, P. D. (Orden 3147/2023, de 5 de diciembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de diciembre de 2023), la Secretaria General Técnica, Lubima Jivkova Kosseva.

(03/14.455/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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