Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 221

Fecha del Boletín 
16-09-2026

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260916-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE

RÉGIMEN ECONÓMICO

64
Alpedrete. Régimen económico. Calendario fiscal

Mediante Decreto de la Alcaldía 961/2026, de 9 de septiembre de 2026 y en atención a las competencias que le confiere Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Locales y el Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, fue aprobada la modificación del calendario fiscal del Ayuntamiento de Alpedrete para el año 2026 conforme al detalle siguiente:

Primero.—Modificar del Calendario Fiscal del Ayuntamiento de Alpedrete correspondiente al ejercicio 2026, al objeto de incorporar el período de ingreso en período voluntario correspondiente al padrón de la tasa por ocupación de terrenos de uso público local con mesas y sillas con finalidad lucrativa, cuya previsión no fue incluida en el Calendario Fiscal inicialmente aprobado por Decreto de Alcaldía 14/2026 y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 25, de 30 de enero de 2026.

Segundo.—Establecer como período de ingreso en período voluntario correspondiente al citado padrón el comprendido entre el 15 de octubre y el 15 de diciembre de 2026, ambos inclusive, fijando como fecha para el cargo de los recibos domiciliados el día 1 de diciembre de 2026.

Tercero.—Mantener en todos sus términos el resto del Calendario Fiscal del Ayuntamiento de Alpedrete correspondiente al ejercicio 2026, permaneciendo vigentes los períodos de cobro establecidos para los restantes tributos y demás ingresos de derecho público.

Cuarto.—Disponer la publicación de la modificación del Calendario Fiscal en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en los demás medios de publicidad que resulten procedentes, a efectos de general conocimiento y, especialmente, de los obligados al pago.

En Alpedrete, 14 de septiembre de 2026.—El alcalde-presidente, Juan Rodríguez ­Fernández-Alfaro.

(01/14.747/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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