Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 221

Fecha del Boletín 
16-09-2026

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260916-39

Páginas: 12


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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DECRETO 78/2026, de 9 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se declara bien de interés cultural del patrimonio inmaterial de la Comunidad de Madrid, el teatro del Siglo de Oro en la Comunidad de Madrid.

Vista la propuesta emitida por el Área de Catalogación de Bienes Culturales de la Subdirección General de Patrimonio Histórico; de conformidad con lo establecido en los artículos 4, 12, 17, 18 y concordantes de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid; considerando que el Siglo de Oro tuvo en Madrid su epicentro creativo fundamental, tanto en las artes como en las ciencias, al conjugarse en la ciudad circunstancias sociales, históricas y políticas que animaron a su desarrollo; considerando que, entre todas estas manifestaciones, resulta de especial interés la creación literaria, en la que destaca fundamentalmente el género teatral, cuya influencia ha sido fundamental en la historia de la literatura y la dramaturgia internacional, y cuyo interés traspasa los límites temporales para seguir programándose en los teatros madrileños en la actualidad; la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, mediante Resolución de 7 de noviembre de 2025, incoa expediente de declaración como Bien de Interés Cultural del citado bien.

En cumplimiento de la Resolución de incoación del expediente como Bien de Interés Cultural, se notifica a los interesados, a los efectos procedentes, y se solicita informe a la Real Academia Española, a la Real Academia de la Historia y a la Universidad Complutense de Madrid y se publica en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.

Igualmente, se abre un período de información pública por plazo de un mes, a contar desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (19 de noviembre de 2025), a fin de que cuantas personas físicas o jurídicas tengan interés, puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Asimismo, se notifica al Ministerio de Cultura, para su inscripción en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, donde queda inscrito preventivamente en los respectivos registros con los códigos PI0031830 y RBIC-I-2025-000004, y en el Catálogo de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, a los efectos procedentes.

En el expediente se han cumplimentado todos los trámites previstos de conformidad con lo establecido en el artículo 19, 20 y concordantes de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.

El Pleno del Consejo Regional de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, en el trámite de audiencia concedido, en sesión celebrada el día 20 de noviembre de 2025, muestra su conformidad por mayoría de sus miembros, con la resolución del Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español de 7 de noviembre de 2025 por la que se incoa expediente de declaración como Bien de Interés Cultural del Patrimonio Inmaterial de la Comunidad de Madrid del teatro del Siglo de Oro en la Comunidad de Madrid.

La Real Academia de la Historia remite informe con fecha 16 de enero de 2026, en el que expone que el teatro del Siglo de Oro merece ser declarado bien de interés cultural inmaterial “por su relevancia histórica y cultural y por el hecho de que sigue siendo un espectáculo dinámico y atractivo representado con continuidad, que afirma su vigencia con festivales, representaciones y estudios especializados”.

No figura que la Real Academia Española ni la Universidad Complutense de Madrid hayan emitido informe, por lo que, de conformidad con el artículo 20.3 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, los mismos se entienden en sentido favorable a la declaración como Bien de Interés Cultural.

Por todo ello, y no constando que se hayan presentado alegaciones, se reitera la propuesta técnica inicial.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, previa deliberación en su reunión del día 9 de septiembre de 2026,

DISPONE

Primero

Declarar Bien de Interés Cultural del Patrimonio Inmaterial de la Comunidad de Madrid, el teatro del Siglo de Oro en la Comunidad de Madrid.

Segundo

Ordenar la publicación de esta declaración en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Portal de Transparencia, y proceder a su notificación a los interesados en los términos establecidos por la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Tercero

Practicar la correspondiente inscripción en el Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, así como en el Catálogo de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, comunicándose al Ministerio de Cultura.

Cuarto

El presente Decreto producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 9 de septiembre de 2026.

El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, MARIANO DE PACO SERRANO

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO



















(03/14.478/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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