Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 220

Fecha del Boletín 
15-09-2026

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260915-92

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA

PERSONAL

92
Torres de la Alameda. Personal. Relación puestos trabajo

El Pleno del Ayuntamiento de Torre de la Alameda, en sesión ordinaria celebrada el día 10 de septiembre de 2026, acordó la modificación inicial de la Relación de Puestos de Trabajo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 127 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por medio del presente anuncio, se procede a la publicación de la mencionada aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo.

Dicha modificación se encuentra publicada en la sede electrónica, dirección electrónica de Torres de la Alameda:

https://torresdelaalameda.sedelectronica.es/transparency/75efdacb-4102-4... (Portal de Transparencia/Institucional/Personal/RPT).

Primero.—Aprobar la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo respecto a la modificación de los siguientes puestos:

1. Personal Laboral denominada Informador/a-Dinamizador/a, Grupo C, Subgrupo C1/C2. Con relación a la justificación de su modificación, se justifica en la rectificación de errores en su ficha, al existir un error en la dedicación. Su dedicación es media, conforme fue aprobado en el documento RPT Pleno de 7 de julio de 2026. Sin perjuicio de lo anterior.

2. Se crea un nuevo puesto de personal laboral en RPT denominado Informador/a-Monitor/a. Según señala la justificación de la Concejalía de Recursos Humanos, la creación de dicho puesto de Informador/a-Monitor/a, Grupo C2/OAP, se justifica en la necesidad de garantizar la dinamización de los colectivos juveniles y de mayores. Del mismo modo, en la aprobación de la RPT, existió un error al establecer dos puestos de Informadores/Monitores, ya que uno de los empleados que viene ocupando la plaza realiza las funciones Informador/Monitor. Es por ello, que se recoge en el expediente, según justifica la Concejalía de Recursos Humanos, que debe rectificarse la RPT, estableciendo la creación de un solo puesto y plaza de Informador/a-Dinamizador/a, y un solo puesto y plaza de Informador/a-Monitor/a, quedando la otra plaza y puesto de Informador/a-Dinamizador/a como puesto vacante de nueva creación sin constar en plantilla. Todo ello, según consta en el expediente, que permitiría adecuar el personal al servicio, mejorando de forma significativa la cobertura del servicio. La puntuación total del puesto es de 445 puntos.

3. Se modifica la valoración del puesto de personal funcionario en RPT con la denominación Responsable Técnico/a Administrativo/a de Urbanismo. Según señala los informes de la concejalía, en este caso, se modifican sus funciones relacionadas con las Declaraciones Responsables Urbanísticas y las licencias, ampliando sus responsabilidades y realizando una nueva valoración del puesto. Con relación a la valoración, la puntuación total del puesto es 765 puntos.

4. Se crean dos nuevos destinos y se modifica la valoración del puesto de personal laboral en RPT con denominación Operario/a de Jardines. Según señala los informes de la concejalía, en la ficha descriptiva se añade en requisitos los del destino “A” y los del destino “B”, se modifican sus jornadas, sus funciones relacionadas con los conocimientos, experiencia, responsabilidad en el trabajo propio y relaciones. Con relación a la valoración, nos remitimos al informe que consta en el expediente. La puntuación total queda encuadrada en:

5. Se crea un nuevo destino y se modifica la valoración del puesto de personal laboral en RPT con denominación Operario/a de Servicios Múltiples. Según señala los informes de la concejalía, en la ficha descriptiva, se añade en los requisitos específicos los requisitos del nuevo destino “C” —jornada variable—, se crea y se modifican las jornadas, funciones relacionadas con los conocimientos, experiencia, responsabilidad en el trabajo propio y relaciones. Con relación a la valoración, nos remitimos al informe que consta en el expediente. La puntuación del total queda encuadrada en:

6. Se crean dos nuevos destinos y se modifica la valoración del puesto de personal laboral en RPT con denominación Conserjes. Según señala los informes de la concejalía, en la ficha descriptiva se añade en requisitos los del destino “A” y los del destino “B”, se modifican sus jornadas, sus funciones relacionadas con los conocimientos, experiencia, responsabilidad en el trabajo propio y relaciones. Con relación a la valoración, nos remitimos al informe que consta en el expediente. La puntuación queda encuadrada en:

7. Se modifica la valoración del puesto de personal laboral en RPT con denominación Operario/a del Punto Limpio. En este caso se rectifican errores en la aprobación de la RPT, relacionadas con los conocimientos, experiencia, responsabilidad en el trabajo propio y relaciones. Con relación a la valoración, nos remitimos al informe que consta en el expediente. No hay cambios en la ficha descriptiva. La puntuación total es de 405.

8. Se modifica la valoración del puesto de personal laboral en RPT con la denominación Operario de Sonido. Según señala los informes de la concejalía, en este caso, se rectificando errores en la valoración del puesto en la RPT, relacionadas con los conocimientos, experiencia, responsabilidad en el trabajo propio y relaciones. Con relación a la valoración, nos remitimos al informe que consta en el expediente. La puntuación total es de 780 puntos.

Segundo.—Se aprueba la modificación de la RPT con la siguiente estructura:

a) Fusión administrativa y operativa de la Sección de Recursos Humanos con la Oficina de Formación, Empleo y Desarrollo Económico (OFEDE), pasando a constituir la “Sección de Recursos Humanos y Desarrollo Local”. La modificación de la estructura organizativa (página 27 del manual original), integrando a los Técnicos y Gestores Administrativos bajo una misma línea de dependencia jerárquica y coordinación técnica, tal y como figura en la propuesta de la Concejalía de Recursos Humanos. Modificaciones propuestas:

Tres líneas independientes (organigrama): Bajo el área de Servicios Administrativos Generales, se encontraría la Sección de Recursos Humanos y Desarrollo Local. Desde el punto de vista político, dependería de la Alcaldía/Concejalía Delegada de Personal. En ambos documentos la estructura ha sido rediseñada bajo la dependencia técnica directa del “Secretario/a” para incluir tres ramas paralelas e independientes:

— Línea 1: Técnico de Recursos Humanos.

— Línea 2: Técnico de Gestión de Organización de RR.HH. y Oficina de Empleo.

— Línea 3: Unidad Administrativa y Gestión (donde cuelgan los 3 Gestores Especializados (1 vacante ya creada), 1 Gestor General (1 vacantes de nueva creación).

b) Rediseño del Departamento de Urbanismo, según consta en el informe de la Concejalía de Urbanismo, modificando la estructura organizativa del Departamento de Urbanismo (sustituyendo la página 48 del manual original), manual original), segregando sus funciones en tres unidades operativas independientes bajo la dependencia directa de la Alcaldía/Concejalía. La modificación propuesta es:

Bajo la dependencia de la Alcaldía/Concejalía Delegada de Urbanismo, la estructura ha sido:

— Línea 1: Unidad de Urbanismo, Licencias y obras Públicas, adscritos dos Arquitectos/as, y un Ingeniero/a Técnico/a de Obras Públicas (vacante).

— Línea 2: Unidad de Actividades, Servicios y M.a Ambiente, adscritos un Ingeniero/a Industrial y un Técnico/a de Gestión Medioambiental.

— Línea 3: Unidad Administrativa de Urbanismo, adscritos 1 responsable Técnico/a-Administrativo/a de Urbanismo (vacante) y un Gestor/a Administrativo/a Especializado/a; y un Técnico/a de Gestión de Urbanismo y Servicios a la Ciudadanía.

Aprobada inicialmente, se somete la presente modificación de la Relación de Puestos de Trabajo a información pública por plazo de quince días hábiles mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Durante ese plazo los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes.

Transcurrido dicho plazo, si no se han presentado alegaciones, se entenderá elevado a definitivo este acuerdo de aprobación inicial.

Torres de la Alameda, a 11 de septiembre de 2026.—El alcalde en funciones, Guillermo Puebla Terres.

(03/14.709/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260915-92