Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 219

Fecha del Boletín 
14-09-2026

Sección 1.4.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260914-19

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

19
RESOLUCIÓN de 2 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la organización sindical denominada Sindicato de Oficios Varios CNT Colmenar Viejo-SOV CNT Colmenar Viejo (número de depósito 28100061).

Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por D./D.a Sandra Pedrera García, en representación de la organización sindical denominada Sindicato de Oficios Varios CNT Colmenar Viejo-SOV CNT Colmenar Viejo y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Que la citada asociación presentó escrito, con registro de entrada 28/2026/000258 en esta Oficina de Depósito de Estatutos de fecha 21 de mayo de 2026 por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.

Se adjunta el acta correspondiente a la Asamblea Extraordinaria celebrada el día 20 de marzo de 2026, en la que se acordó, por unanimidad de los afiliados asistentes, la modificación de los Estatutos de la organización sindical.

Dicho acuerdo fue posteriormente ratificado por la Asamblea Ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2026, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de los Estatutos. Se adjunta, asimismo el texto íntegro de los nuevos estatutos modificados.

En particular, se modifica el artículo 3 de los estatutos relativo al cambio de domicilio social de la organización sindical.

Segundo

Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en el artículo 4.8 de la Ley Orgánica 11/85, de Libertad Sindical y en el artículo 7 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo.

A los anteriores Antecedentes, son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto de Libertad Sindical y en el Real Decreto 932/95, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.

Segundo

Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en el artículo 4.8 de la Ley Orgánica 11/85, de Libertad Sindical y en el artículo 7 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo.

Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo

ACUERDA

El depósito de la modificación del texto de la organización sindical denominada Sindicato de Oficios Varios CNT Colmenar Viejo-SOV CNT Colmenar Viejo; así como la inserción de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y obtener copia del mismo, siendo posible impugnarlo ante el Juzgado de lo Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 36/2011 reguladora de la Jurisdicción Social, de 10 de octubre (“Boletín Oficial del Estado” 11 de octubre de 2011).

Madrid, a 2 de septiembre de 2026.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.

(03/14.338/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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