Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 210

Fecha del Boletín 
03-09-2026

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260903-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

49
San Lorenzo de El Escorial. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

En cumplimento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público que la Sra. alcaldesa, el día veinticuatro de agosto de dos mil veintiséis ha dictado la resolución en la que se acuerda:

“1. Avocar, en el período comprendido entre los días 25 y 31 de agosto de 2026, ambos inclusive, la delegación de atribuciones efectuada por esta Alcaldía a favor de D. Eduardo Moreira Martín-Peñato, en materia de infraestructuras básicas y mantenimiento de la ciudad; empleo y emprendimiento.

2. Delegar el ejercicio de las atribuciones de esta Alcaldía, en el primer teniente de alcalde D. Juan José Blasco Yunquera, durante los días 25 al 26 de agosto de 2026, ambos inclusive, sin perjuicio de las delegaciones conferidas en los distintos concejales de la Corporación.

3. Delegar el ejercicio de las atribuciones de esta Alcaldía, en la segunda teniente de alcalde D.a Myriam Contreras Robledo, durante los días 27 al 30 de agosto de 2026, ambos inclusive, sin perjuicio de las delegaciones conferidas en los distintos concejales de la Corporación.

4. La presente resolución surtirá efectos desde el día 24 de agosto de 2026.

5. Publicar el correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

6. Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de la Corporación”.

San Lorenzo de El Escorial, a 25 de agosto de 2026.—El alcalde en funciones, Juan José Blasco Yunquera.

(03/13.821/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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