Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 209

Fecha del Boletín 
02-09-2026

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260902-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARLA

PERSONAL

58
Parla. Personal. Nombramiento personal laboral

En relación con la convocatoria para la cobertura de una plaza de personal laboral perteneciente al grupo profesional C1 del sistema de clasificación del personal laboral vigente del Ayuntamiento de Parla, categoría delineante incluida en la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 248, de fecha 17 de octubre de 2024 y “Boletín Oficial del Estado” número 262, de fecha 30 de octubre de 2024), mediante decreto número 5613, de fecha 25 de agosto de 2026, se ha resuelto:

La contratación como personal laboral fijo del Ayuntamiento de Parla en la categoría de delineante de la persona que se relaciona a continuación:

La celebración del correspondiente contrato laboral para el desempeño por parte de la persona aspirante del puesto de trabajo correspondiente tendrá lugar en el plazo máximo de un mes desde la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Quienes sin causa justificada no formalizarán el correspondiente contrato laboral dentro del plazo establecido perderán todos los derechos adquiridos durante el proceso selectivo quedando anuladas todas sus actuaciones.

Sin perjuicio de la existencia de otras causas justificadas, el referido plazo de un mes previsto en el presente ordinal quedará automáticamente suspendido para aquellas personas interesadas que, durante su vigencia, se encuentren en situación de incapacidad temporal.

En Parla, a 25 de agosto de 2026.—La concejala-delegada del Área de Recursos Humanos, Sanidad, Salud Pública y Venta Ambulante, Nerea Ruiz-Roso López.

(03/13.803/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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