Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 204

Fecha del Boletín 
27-08-2026

Sección 1.2.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260827-4

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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RESOLUCIÓN de 13 de agosto de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se publica la lista de seleccionados correspondiente al proceso de acceso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas vinculado a las enseñanzas de arte dramático en la Comunidad de Madrid, convocados por Resolución de 14 de abril de 2026.

La Resolución de 14 de abril de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca procedimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas vinculado a las enseñanzas de arte dramático en la Comunidad de Madrid, prevé en su base 10.2 la publicación de la relación de aspirantes que han superado el procedimiento selectivo mediante resolución del Director General de Recursos Humanos, publicándose dicha resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

De conformidad con lo establecido en la Resolución de 14 de abril de 2026, por la que se convoca el procedimiento de acceso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas vinculado a las enseñanzas de arte dramático en la Comunidad de Madrid, esta Dirección General

RESUELVE

Primero

Lista de aspirantes que han superado el procedimiento selectivo

De acuerdo con la base 10.2 de la resolución de convocatoria, se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de la lista de aspirantes que han superado el procedimiento selectivo.

Así mismo, la citada lista se publicará en el Portal de la Comunidad de Madrid, en la ruta establecida de conformidad con la base 5.2 de la resolución de convocatoria.

Segundo

Documentación a presentar por los seleccionados

Conforme a la base 11.1. de la resolución de convocatoria, los aspirantes, salvo que ya hayan aportado la documentación requerida junto con la solicitud de participación de conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, deberán presentar en la Dirección General de Recursos Humanos, en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la lista de aspirantes seleccionados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, mediante la aplicación disponible en el portal de la Comunidad de Madrid, siguiendo la ruta indicada en el apartado 5.2, de conformidad con lo establecido en el apartado e) del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de 1 de octubre la siguiente documentación:

— Certificación u hoja de servicios: Los aspirantes seleccionados estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar en tal caso una certificación u hoja de servicios, de la Dirección de Área territorial de la que dependan, para acreditar tal condición. En la certificación u hoja de servicios deberán figurar, de modo expreso el cuerpo y especialidad de la que son titulares, número de registro de personal y situación administrativa. Si en la certificación no puede hacerse constar alguno de los requisitos exigidos para el acceso en el cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas por no obrar en los expedientes personales de los interesados, estos deberán remitir separadamente los documentos que los acrediten.

— Declaración de Incompatibilidad: El modelo de dicha declaración se cumplimentará a través de la aplicación disponible en el portal de la Comunidad de Madrid, siguiendo la ruta indicada en el apartado 5.2. de la resolución de convocatoria.

— Declaración responsable de no haber sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. El modelo de dicha declaración se cumplimentará a través de la aplicación disponible en el portal de la Comunidad de Madrid, siguiendo la ruta indicada en el apartado 5.2. de la resolución de convocatoria.

— Todos los aspirantes que no autorizaron a la Dirección General de Recursos Humanos la consulta al Registro Central de Delincuentes Sexuales, deberán aportar el certificado personal de dicho Registro. Todos los aspirantes que han superado el proceso selectivo y no han autorizado su consulta en los términos indicados en el apartado “Documentación requerida” de la solicitud, deberán aportar el Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales. Así mismo, los aspirantes cuya nacionalidad sea distinta a países no pertenecientes a la Unión Europea, deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, la certificación negativa de condenas penales expedido por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, modificado por el Real Decreto 407/2024, de 23 de abril.

Si el citado certificado no se encontrara redactado en lengua castellana, deberá acompañarse de su traducción oficial o jurada (realizada por traductor jurado o validada por el consulado u oficina diplomática correspondiente).

Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia aportada, se podrá solicitar de manera motivada y otorgando un plazo de 20 días hábiles, la nueva aportación de la documentación por la persona interesada, o la exhibición del documento o de la información original.

Conforme a la base 11.2 de la precitada Resolución de Convocatoria, quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base cuarta del Título I de esta convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera del correspondiente cuerpo de catedráticos y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

La Administración podrá requerir a los seleccionados la aportación de los originales de cuanta documentación hayan presentado para acreditar tanto los requisitos exigidos como los méritos baremados, con la finalidad de cotejar dichos originales con la documentación presentada. En el caso de que, como consecuencia de esta comprobación, se desprenda que no se posea alguno de ellos, se procederá a la exclusión del aspirante del proceso selectivo decayendo de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en el mismo.

Tercera

Renuncias

Conforme a la base 13 de la Resolución de Convocatoria, en el caso de que se produjese renuncia, deberá presentar la correspondiente solicitud a través de la aplicación disponible en el portal de la Comunidad de Madrid siguiendo la ruta indicada en la base 5.2.

Cuarta

Recursos

De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Viceconsejería de Política y Organización Educativa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación. Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones de los Órganos de Selección, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Madrid, a 13 de agosto de 2026.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

(03/13.416/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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