Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 204

Fecha del Boletín 
27-08-2026

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260827-37

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

37
Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Aprobación en fecha 12 de agosto de 2026, por la Junta de Gobierno Local, de la convocatoria de subvenciones extraordinarias a clubes deportivos de Pozuelo de Alarcón, por ascenso a competiciones nacionales.

BDNS: 925222

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Naturaleza y objeto.—Las presentes ayudas tienen carácter extraordinario y tienen por objeto compensar parcialmente el incremento de costes de los clubes deportivos del municipio derivados del ascenso de sus equipos a competiciones oficiales de ámbito nacional, con el fin de apoyar su participación en la nueva categoría, constituyendo una medida de fomento deportivo de interés público municipal, de conformidad con las competencias atribuidas a los municipios por la legislación de régimen local y deportiva.

Segundo. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios los clubes deportivos que:

a) Tengan domicilio social en Pozuelo de Alarcón.

b) Estén inscritos en el Registro de Entidades Deportivas correspondiente.

c) Hayan obtenido durante la temporada deportiva inmediatamente anterior un ascenso oficial a una competición nacional.

d) Desarrollen actividad deportiva de forma continuada en el municipio.

e) Que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

Asimismo, no podrán obtener la condición de beneficiario quienes incurran en alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Segundo. Objeto.—Las presentes ayudas tienen carácter extraordinario y tienen por objeto compensar parcialmente el incremento de costes de los clubes deportivos del municipio derivado del ascenso de sus equipos a competiciones oficiales de ámbito nacional, con el fin de apoyar su participación en la nueva categoría, constituyendo una medida de fomento deportivo de interés público municipal, de conformidad con las competencias atribuidas a los municipios por la legislación de régimen local y deportiva.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza general de subvenciones de Pozuelo de Alarcón, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294, de 10 de diciembre de 2012.

Cuarto. Cuantía.—La cuantía de la subvención podrá alcanzar hasta el 100 % del gasto subvencionable admitido, sin que en ningún caso pueda superar la cantidad solicitada ni el límite máximo de 30.000 euros por club beneficiario.

La cuantía inicial de la subvención se determinará sobre la base del presupuesto presentado por el solicitante y de la documentación aportada.

Cuando la suma de las cuantías subvencionables admitidas, una vez aplicado el límite máximo por beneficiario, supere el crédito disponible de la convocatoria, el importe de las ayudas se prorrateará entre los beneficiarios en proporción a la cuantía subvencionable admitida para cada uno de ellos, de manera que el importe total concedido no exceda del crédito presupuestario disponible.

En ningún caso el importe de la subvención, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos destinados a la misma finalidad, podrá superar el coste de la actividad subvencionada.

La cuantía definitiva de la subvención quedará condicionada a la justificación del gasto subvencionable efectivamente realizado.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

En Pozuelo de Alarcón, a 17 de agosto de 2026.—El concejal-delegado de Deportes, Luis Magide Blanco.

(03/13.629/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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