Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
25-08-2026

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260825-29

Páginas: 55


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

29
Colmenar Viejo. Organización y funcionamiento. Ordenanza

El Pleno del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, en sesión ordinaria celebrada el 29 de mayo de 2025, acordó la aprobación inicial de la Ordenanza Municipal de Medio Ambiente, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se sometió el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dicho anuncio fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 187, el día 15 de julio de 2025.

Se presentan alegaciones en tiempo y forma por quienes ostentan legitimación suficiente, siendo admitidas a trámite y resueltas por el Pleno, aprobándose definitivamente la redacción final del texto de la Ordenanza Municipal de Medio Ambiente el 30 de julio de 2026 y acordándose la publicación del Acuerdo definitivo con el texto íntegro de la Ordenanza de Medio Ambiente de Colmenar Viejo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Ayuntamiento, entrando en vigor según lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.











































































































Colmenar Viejo, a 14 de agosto de 2026.—El alcalde-presidente, Carlos Blázquez ­Rodríguez.

(03/13.492/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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